SALTA, 10 de Diciembre de 2018
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1317
MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA
Expte. Nº 30052-169368/2018.-
VISTO el contrato de servicios firmado entre la Subsecretaría del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas y la Sra. María Florencia Pérez Bellettini; y,
CONSIDERANDO:
Que por el mismo la contratada se compromete a realizar tareas administrativas en la Oficina Seccional del Hospital de la Localidad de General Güemes del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia;
Que el plazo del contrato se estipuló desde el 1º octubre de 2018 hasta el 31 de marzo de 2019;
Que la contratación solicitada obedece a las necesidades de servicios que le dieron origen;
Que se realizaron las autorizaciones e imputaciones correspondientes, contándose con presupuesto en la partida pertinente;
Que la presente contratación no implica un incremento presupuestario, en el marco de lo establecido por el Decreto N° 1603/2017;
Que han tomado intervención la Oficina Provincial de Presupuesto, la Secretaría de Finanzas dependiente del Ministerio de Economía, el Servicio Administrativo Financiero y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia;
Que la mencionada contratación se encuadra en lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 6.838 y su Decreto Reglamentario Nº 1.448/1996;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 20 inciso 2º de la Ley Nº 8.053 y lo establecido por el artículo 1º del Decreto Nº 14/2016,
EL MINISTRO JEFE DE GABINETE
DECIDE:
ARTÍCULO 1º: Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre la Subsecretaría del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas y la Sra. María Florencia Pérez Bellettini, D.N.I. Nº 31.194.264, con vigencia a partir del 1º de octubre de 2018 y hasta el 31 de marzo de 2019, el que como anexo forma parte del presente instrumento.
ARTÍCULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida correspondiente a la Jurisdicción y Curso de Acción del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia - Ejercicio Vigente.
ARTÍCULO 3º: El presente instrumento será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia.
ARTÍCULO 4º: Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
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Yarade - López Arias
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