DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1310/18
APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. SR. EMILIANO PABLO DAMIÁN SZLA

Publicado en el Boletín N° 20404, el día 12 de Diciembre de 2018



SALTA, 5 de Diciembre de 2018

DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1310

>SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

VISTO
las necesidades de servicio presentadas en la Secretaría General de la Gobernación; y,

CONSIDERANDO:

Que tales necesidades pueden cubrirse mediante la contratación del señor Emiliano Pablo Damián Szlaien;

Que la referida contratación se enmarca en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley Nº 6.838 y su Decreto reglamentario Nº 1448/1996;

Que, contándose con la partida pertinente con motivo de la baja producida por la recisión del contrato de servicios del señor Luis Alberto Leguizamón, D.N.I. Nº 14.708.948, la presente no implica globalmente un incremento del presupuesto vigente, conforme a lo establecido por el Decreto N° 1603/2017;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 20, inciso 2º, de la Ley Nº 8053, y en el artículo 1º del Decreto Nº 14/2016,

EL MINISTRO JEFE DE GABINETE

DECIDE:

ARTÍCULO .- Rescindir, a partir del 1° de noviembre de 2018, el contrato de servicios celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Salta y el señor Luis Alberto Leguizamón, D.N.I. Nº 14.708.948, aprobado por Decisión Administrativa Nº 323/2018.

ARTÍCULO .- Aprobar el contrato de servicios firmado entre el Gobierno de la Provincia de Salta y el señor Emiliano Pablo Damián Szlaien, D.N.I. Nº 31.089.490, con la misma vigencia que la dispuesta en el artículo precedente y por el término de doce (12) meses, que como Anexo forma parte de la presente.

ARTÍCULO .- Establecer que el gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará al Curso de Acción de la Secretaría General de la Gobernación, dentro de la Jurisdicción Gobernación - Ejercicio vigente.

ARTÍCULO .- La presente decisión será refrendada por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO .- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Yarade - Simón Padrós



VER ANEXO




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