DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 132/24
DESIGNA AL SR. SEBASTIÁN ASHUR MAS, EN EL CARGO DE DIRECTOR GENERAL DE COMERCIO EXTERIOR EN EL ÁMBITO DE LA SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO.

Publicado en el Boletín N° 21677, el día 22 de Marzo de 2024



SALTA, 20 de Marzo de 2024

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 132

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente Nº 346-24959/24

VISTO la renuncia presentada por el Lic. Diego Enrique Saravia, D.N.I. Nº 26.031.612 al cargo de Director General de Comercio Exterior de la Secretaría de Industria, Comercio y Empleo dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decisión Administrativa Nº 21/23 se procedió a designar en el cargo de Director General de Comercio Exterior (Fuera de Escalafón) al Lic. Diego Enrique Saravia, D.N.I. Nº 26.031.612;

Que en atención a la renuncia presentada, se procede a designar en su reemplazo al Sr. Sebastián Ashur Mas, D.N.I. Nº 21.311.138, en las mismas condiciones que su predecesor, quien reúne el perfil para desempeñar dicho cargo;

Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo - Fuera de Escalafón;

Por ello, con arreglo en lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº 8.171 modificada por su similar Nº 8.274, y conforme lo dispuesto por los Decretos Nº 13/19, 16/19 y 12/23;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE;

ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el Lic. DIEGO ENRIQUE SARAVIA, D.N.I. Nº 26.031.612, al cargo de Director General de Comercio Exterior de la Secretaría de Industria, Comercio y Empleo del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, a partir del 06 de Febrero de 2.024.

ARTÍCULO 2º.- Designar al Sr. SEBASTIÁN ASHUR MAS, D.N.I. Nº 21.311.138, en el cargo de Director General de Comercio Exterior en el ámbito la Secretaría de industria, Comercio y Empleo dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, a partir del 06 de Febrero de 2.024, con retención de su cargo de planta permanente en la Secretaría de Industria, Comercio y Empleo.

ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de la presente, deberá imputarse a la partida y Curso de Acción correspondiente al Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, ejercicio vigente.

ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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