DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1322/18
APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. GEÓLOGO ALFREDO ABEL DONAIRE.

Publicado en el Boletín N° 20405, el día 13 de Diciembre de 2018



SALTA, 10 de Diciembre de 2018

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1322

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARIA DE FINANCIAMIENTO

Expte. Nº 272-34222/2018-0, Cpde. 1 y 2; y 272-161828/2014-11 y Cpde. 12.

VISTO el Contrato firmado entre la Secretaría de Financiamiento y el geólogo Alfredo Abel Donaire, D.N.I. Nº 18.668.445; y,

CONSIDERANDO:

Que dicha contratación tiene por objeto, contar con un consultor individual profesional en Geología para las etapas de Inspección de obras de Tastil y Payogasta Proyecto “Puesta en valor del Qhapaq Ñan”, en el marco del “Programa de Desarrollo Turístico Sustentable de la Provincia de Salta”, a cargo de la Secretaría de Financiamiento del Ministerio de Economía del Gobierno de la Provincia de Salta, con financiamiento proveniente del Préstamo BID 2835/OC-AR;

Que se procedió a la comparación de las calificaciones de tres candidatos que expresaron su interés en el trabajo. Dicha calificación fue realizada por la Comisión Evaluadora creada al efecto por Resolución Nº 18/2018, de fecha 22/06/2018 de la Secretaría de Financiamiento;

Que de los candidatos presentados quedó preseleccionado el geólogo Alfredo Abel Donaire;

Que el mencionado dictamen de precalificación fue comunicado a los candidatos, quienes no manifestaron oposición alguna, asimismo cabe señalar que dicha contratación será solventada en un 100% con fondos del Programa;

Que obra dictamen legal favorable e imputación preventiva del gasto;

Que las presentes actuaciones cuentan con la debida intervención de la Secretaría de Finanzas, autorizando el gasto que demande la ejecución del proyecto, teniendo en cuenta lo establecido por la Resolución N° 06/2018 del Ministerio de Economía;

Que a fs. 137 obra informe de la Dirección General de la Organización mediante el cual se hace conocer que el mencionado organismo no cuenta con registros sobre designaciones o contrataciones del señor Alfredo Abel Donaire, D.N.I. Nº 18.668.445;

Que de igual manera, a fs. 142 consta informe de la Unidad de la Sindicatura Interna del Ministerio de Economía, conforme a la normativa aplicable;

Que tratándose de una contratación realizada en el marco del Préstamo BID Nº 2835/OC-AR, autorizado por Ley Nº 7.758 y Decreto Nº 2.163/2013 aprobatorio del contrato respectivo, de conformidad al Artículo 8º de dicha Ley, son de aplicación exclusiva las normas, condiciones y procedimientos previstos en el Convenio de Préstamo, en el Manual Operativo del Programa y en toda documentación acordada con el BID y, consecuentemente, las disposiciones del Documento GN-2350-9, denominado “Políticas para la selección y contratación de consultores financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo” (Cláusula 4.04 del Anexo del Decreto Nº 2163/2013);

Que en dicho contexto normativo, la contratación del geólogo Alfredo Abel Donaire se encuentra excluida del régimen de la Ley Nº 6.838, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 97, cuyo inciso a), relativo a las contrataciones especiales;

Que las actuaciones cuentan con el respectivo análisis de legalidad de los organismos que han intervenido;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 20, inciso 2° de la Ley N° 8.053 y lo establecido por el Artículo 1º del Decreto Nº 14/2016;

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Contrato suscripto el 07/08/2018 entre la Secretaría de Financiamiento y el geólogo Alfredo Abel Donaire, D.N.I. Nº 18.668.445, que en Anexo forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse en la siguiente partida presupuestaria: Curso de Acción 551012000100. Cuenta 413400 - Ejercicio 2018.

ARTÍCULO 3º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Economía y el señor Ministro de Cultura, Turismo y Deportes.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Yarade - Estrada - Lavallén



VER ANEXO




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