SALTA, 13 de Diciembre de 2018
DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1342
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, TIERRA Y VIVIENDA
Expediente N° 33-180265/16 Cpde. 4.-
VISTO el Contrato de Servicios celebrado entre la Dirección de Vialidad de Salta, organismo autárquico vinculado al Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda, y el Escribano Lucas Alurralde; y,
CONSIDERANDO:
Que subsisten las necesidades de servicios que originaron dicha contratación, aprobada oportunamente, por Decisión Administrativa N° 217/2017, cuya última prórroga fue instrumentada mediante Decisión Administrativa N° 762/2018, con vigencia hasta el 10 de Mayo de 2018;
Que,asi mismo las partes suscribieron una Adenda al mentado vínculo locativo, la que tiene como finalidad la modificación de la Cláusula Segunda del Contrato mencionado;
Que la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda, ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 20, inciso 2) de la Ley N° 8.053, y a lo establecido por el Decreto N° 14/2016,
EL MINISTRO JEFE DE GABINETE
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar el Contrato de Servicios celebrado entre la Dirección de Vialidad de Salta, organismo autárquico vinculado al Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda y el Escribano Lucas Alurralde, D.N.I. N° 31.193.389, a partir del 11 de Mayo de 2.018y por el término de 5 (cinco) meses, en las mismas condiciones establecidas en la Decisión Administrativa N° 217/2017.
ARTÍCULO 2°.-Aprobar la Adenda al Contrato de Servicios, suscripta entre la Dirección de Vialidad de Salta, organismo autárquico vinculado al Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda y el Escribano Lucas Alurralde, la que como Anexo forma parte del presente Instrumento.
ARTÍCULO 3°.-Dejar establecido que el gasto de demande lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a la cuenta 151001000100.411211.1000 - Personal Temporario - Gestión Central - Fondo Renta General.
ARTÍCULO 4°.-La presente Decisión será refrendada por el señor Ministro de Infraestructura, Tierra y Vivienda.
ARTÍCULO 4°.-Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Yarade - Saravia
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