DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 136/21
APRUEBA CONTRATO DE SERVICIO. SRA. JOSEFINA GAVIOLI LOUTAYF.

Publicado en el Boletín N° 20944, el día 12 de Marzo de 2021



SALTA, 08 de Marzo de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 136

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. Nº 321-38527/2021-0

VISTO
la Ley Nº 8.171, y el Decreto Nº 13/19; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Contrato celebrado entre el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Salta, aprobado por Resolución ministerial Nº 1.650/17 y ratificado mediante sus similares Nº 1.651/17 y Nº 1.652/17, se creó la UNIDAD EJECUTORA- PAMI, con dependencia formal del Ministerio de Salud Pública, la cual tiene como objetivo principal velar por el cumplimiento de los contratos para prestaciones de nivel I- ambulatorio- y nivel II- sanatorial y especialistas;

Que, resulta imprescindible la aprobación del contrato de servicio de la prestadora que se desempeña en la citada Unidad Ejecutora - PAMI por el período comprendido entre el 01 de enero y el 30 de abril de 2021, con el fin de dar continuidad a la cobertura de los servicios de salud esenciales en nuestra Provincia;

Que, los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Nº 8.171 y el artículo 2º del Decreto Nº 13/19 y el artículo 1º inciso B) de la Resolución Nº 8/20 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Contrato de Servicio suscripto entre el Ministerio de Salud Pública y la Sra. GAVIOLI LOUTAYF, JOSEFINA, DNI Nº 37.006.559, a fin de que se desempeñe en la Unidad Ejecutora - PAMI por el período comprendido entre el 01 de enero de 2021 y el 30 de abril de 2021.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto deberá imputarse a la jurisdicción y CA del Ministerio de Salud Pública, Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Esteban - Posadas



VER ANEXO




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