DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1379/18
PRÓRROGA DE DESIGNACIONES TEMPORARIAS. SRES. GIULIANI, MARÍA TERESA Y OTROS.

Publicado en el Boletín N° 20415, el día 03 de Enero de 2019



SALTA, 26 de Diciembre de 2018

DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1379

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente N° 01-267101/2018 y agregados

VISTO las necesidades de servicios subsistentes en la Secretaría General de la Gobernación; y,

CONSIDERANDO:

Que tales necesidades pueden cubrirse mediante la prórroga de las designaciones temporarias de las personas que desempeñan sus funciones en las distintas áreas del mencionado organismo;

Que tales prórrogas se enmarcan en el rubro Personal Transitorio, de conformidad con lo dispuesto por los Decretos N° 4062/1974, 515/2000, 4955/2008; contándose con la partida pertinente en dicho rubro para el ejercicio vigente;

Que, en consecuencia, la presente no implica globalmente un incremento del costo en la partida Personal del presupuesto vigente, en el marco de lo establecido por el artículo 1°, inciso f, del Decreto N° 1603/2017;

Que la Secretaría de la Función Pública y la Secretaría Legal y Técnica, han tomado la intervención de su competencia;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por los artículos 20, inciso 3) de la Ley N° 8.053 y 1° del Decreto N° 140/2015,

EL MINISTRO JEFE DE GABINETE

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Prorrogar las designaciones, en carácter de personal temporario de la Secretaria General de la Gobernación, de los agentes que se nominan en el Anexo que forma parte de la presente, conforme se especifica en cada caso, por el término de cinco (5) meses y en idénticas condiciones que sus prórrogas anteriores.

ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará al Curso de Acción correspondiente, dentro de la Jurisdicción Gobernación - Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3°.- La presente decisión será refrendada por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4°. Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Yarade - Simón Padrós



VER ANEXO



.

Responsive image Responsive image