DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 139/21
APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. DR. ALFREDO MANUEL MORALES.

Publicado en el Boletín N° 20944, el día 12 de Marzo de 2021



SALTA, 10 de Marzo de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 139

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. Nº 321-50870/2021-0

VISTO
las Leyes Nº 8.217 y Nº 7.678 y su modificatoria Nº 8.094, la Resolución Ministerial Nº 183/2020 del Ministerio de Salud Pública; y,

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de las mencionadas Leyes se posibilitó, a modo de excepción, la contratación de personas físicas bajo la modalidad de contratos de servicios o de obra, para la atención de situaciones de emergencia y en zonas declaradas críticas por la Autoridad de aplicación;

Que en ese marco el Ministerio de Salud Pública emitió la Resolución Nº 183/20, por la cual se declaró crítica la situación existente en los servicios de salud de las zonas sanitarias del Centro, Norte, Sur, Este y Oeste de la Provincia de Salta y sus consiguientes áreas operativas, autorizando al efecto la realización de contrataciones de servicios;

Que la Ley Nº 8.217 prorrogó la declaración del estado de emergencia sociosanitaria en los departamentos General San Martín, Orán y Rivadavia, dispuesta por la Ley 8.185;

Que a fin de garantizar la continuidad ininterrumpida de la cobertura de la prestación de los servicios esenciales de salud, resulta necesario contratar profesionales médicos especializados;

Que, los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 13º de la Ley Nº 8.171 y el artículo 2º del Decreto Nº 13/19 y el artículo 1º inciso b) de la Resolución Nº 08/20 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Contrato de Servicios suscripto entre la Provincia de Salta, y el Dr. ALFREDO MANUEL MORALES, DNI Nº 28.967.339, a fin de que se desempeñe en el Hospital Pte. Juan Domingo Perón de Tartagal, por el período comprendido entre el 04 de marzo de 2021 y el 03 de septiembre de 2021.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto deberá imputarse a la jurisdicción y Curso de Acción del Ministerio de Salud pública. Ejercicio Vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Esteban - Posadas






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