DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 140/21
APRUEBA CONTRATOS DE SERVICIOS. SR. EDUARDO ALBERTO DÍAZ Y OTROS.

Publicado en el Boletín N° 20944, el día 12 de Marzo de 2021



SALTA, 10 de Marzo 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 140

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. Nº 321-24972/2021-0

VISTO
la Ley Nº 7.678 y su modificatoria Nº 8.094 y la Resolución Ministerial Nº 183/2020 del Ministerio de Salud Pública; y,

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de las mencionadas Leyes se posibilitó, a modo de excepción, la contratación de personas físicas bajo la modalidad de contratos de servicios o de obra, para la atención de situaciones de emergencia y en zonas declaradas críticas por la Autoridad de aplicación;

Que en ese marco el Ministerio de Salud Pública emitió la Resolución Nº 183/20, por la cual se declaró critica la situación existente en los servicios de salud de las zonas sanitarias del Centro, Norte, Sur, Este y Oeste de la Provincia de Salta y sus consiguientes   áreas   operativas, autorizando al efecto la realización de contrataciones de servicios;

Que a fin de garantizar la continuidad ininterrumpida de la cobertura de la prestación de los servicios esenciales de salud, se contrataron profesionales médicos especializados;

Que, los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 13º de la Ley Nº 8.171 y el artículo 2º del Decreto Nº 13/19 y el artículo 1º inciso b) de la Resolución Nº 08/20 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.-Aprobar los Contratos de Servicios suscriptos entre la Provincia de Salta, y las personas que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente, por el período que en cada caso se indica.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto deberá imputarse a la jurisdicción y Curso de Acción del Ministerio de Salud Pública. Ejercicio Vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Esteban - Posadas



VER ANEXO




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