DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 146/21
APRUEBA CONTRATOS DE SERVICIOS. SRES. ELBIO LIONEL OVEJERO Y SOLEDAD VALERIA TAPIA.

Publicado en el Boletín N° 20947, el día 16 de Marzo de 2021



SALTA, 12 de Marzo de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 146

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente Nº 302-3938/20

VISTO
los Contratos de Servicios celebrados entre la Secretaría de Minería y Energía y el Dr. Elbio Lionel Ovejero, DNI Nº 29.738.762 y la Ing. Soledad Valeria Tapia, DNI Nº 35.048.311; y,

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la nueva gestión de Gobierno y ante la necesidad de contar con asistentes profesionales en la Secretaría de Minería y Energía dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, se propicia la contratación de los profesionales mencionados;

Que el señor Secretario de Minería y Energía informa que el gasto que demanden las presentes contrataciones será afrontado con fondos provenientes de la oferta económica que realizó la empresa YPF SA en la licitación del área hidrocarburífera denominada “Desecho Chico”, conforme Decreto de Adjudicación Nº 333/16;

Que el Servicio Administrativo Financiero, la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable han tomado la intervención que les compete;

Que el presente se dicta de conformidad a las facultades conferidas en el artículo 144 de la Constitución Provincial, Ley Provincial Nº 8.171 y con arreglo a lo establecido en el Decreto Nº 13/19;

Que en consecuencia, es necesario dictar el instrumento legal correspondiente;

Por ello,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar los Contratos de Servicios celebrados entre la Secretaría de Minería y Energía dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable y las personas consignadas en el Anexo I del presente instrumento legal, en las condiciones y con las vigencias establecidas en los instrumentos que forman parte de la presente como Anexo II.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida presupuestaria 061051000200.413411.1007 - SECRETARÍA DE MINERÍA Y ENERGÍA - SERVICIOS NO PERSONALES - Servicios Técnicos y Profesionales - Otros NEP.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - De los Ríos Plaza - Posadas



VER ANEXO




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