DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 159/21
APRUEBA ADENDAS DE CONTRATOS DE SERVICIOS. SRA. MARÍA CRISTINA AGÜERO Y OTROS.

Publicado en el Boletín N° 20953, el día 25 de Marzo de 2021



SALTA, 19 de Marzo de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 159

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

EXPEDIENTE Nº 0120159-268176/2019

VISTO
: las Resoluciones Nº 2.271/19, 1.515/19, 1.821/19, 1.817/19, 1.537/19, 1.809/19, 1.797/19, 1.813/19, 1.551/19, 3.552/19, 1.796/19, 2.764/19, 2.763/19, 1.818/19,  2.268/19, 2.264/19, 2.269/19, 1.523/19, 2.765/19, 1.820/19, 2.266/19, 1.816/19, 1.510/19, 1.810/19, 2.270/19, 1.819/19, 2.267/19, 1.798/19, 2.265/19, 2.051/19, 3.553/19, 1.527/19, 1.814/19, 2.263/19, 1.815/19, 2.050/19, 2.048/19, 1.519/19 y 2.049/19 que aprobaron los Contratos de Servicios, suscripto entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta y los diferentes agentes que se detallan en el anexo que forma parte del presente instrumento legal; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante los citados instrumentos se contrató a los agentes, para desempeñar funciones en el Programa 47 “Aprender Conectados”, dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta;

Que a partir del mes de abril del año 2019 rigen nuevos valores establecidos por la Jurisdicción para el pago de honorarios correspondientes a las acciones desarrolladas por el Programa 47 “Aprender Conectados”;

Que, obra imputación preventiva y estado de cuenta que acreditan que los fondos necesarios para financiar el aumento, fueron transferidos a la provincia en el marco del Convenio Marco RE-2017-07038291 -APN-DD#ME y la Resol-2019-245-APN-SECIYC#MECCYT del Ministerio de Educación de la Nación;

Que en consecuencia resulta necesario modificar la cláusula quinta de los contratos de referencia, incrementando el monto de los honorarios desde el período precedentemente mencionado;

Que, los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión de presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Nº 8.171 y el artículo 2º del Decreto Nº 13/19 y el artículo 1º inciso B) de la Resolución Nº 8/20 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTICULO 1º.- Aprobar las Adendas a los Contratos de Servicios suscriptas entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia, y los agentes que se detallan en el anexo que forma parte del presente instrumento legal, desde el periodo y por el monto indicado en las mismas.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará a los fondos transferidos en el marco del Convenio Marco RE-2017-07038291-APN-DD#ME y la Resol-2019-245-APN-SECIYC#MECCYT firmado entre del Ministerio de Educación de la Nación al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta.

ARTÍCULO 3º.- La presente Decisión será refrendada por el Sr. Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Cánepa - Posadas



VER ANEXO




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