DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 179/21
AUTORIZA DE COMISIÓN DE SERVICIOS. DRA. DÉBORA MARÍA CINTIA RAMÍREZ.

Publicado en el Boletín N° 20961, el día 08 de Abril de 2021



SALTA, 31 de Marzo de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 179

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

Expte. Nº 01-1459/21

VISTO
la solicitud efectuada por la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 el citado organismo solicita la comisión de servicios, en carácter de colaboración, de la Dra. Débora María Cintia Ramírez, agente de planta permanente de la Coordinación General de Asuntos Legales y Técnicos del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación;

Que la Comisión de Servicios es una medida de excepción y de carácter transitorio, por la cual se admite la prestación de servicios en forma no permanente por parte de un agente en otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;

Que en tal sentido, las autoridades correspondientes prestaron conformidad respecto al pedido solicitado, resultando procedente la emisión del presente acto administrativo;

Que por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Nº 8.171, el Decreto Nº 13/19 y el artículo 1º inciso D) de la Resolución Nº 08/20 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la Comisión de Servicios de la Dra. DÉBORA MARÍA CINTIA RAMÍREZ, DNI Nº 25.884.087, agente de planta permanente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación, a partir del 1 de enero de 2021 y mientras subsistan las necesidades de servicio o hasta el 31 de diciembre de 2021, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2º.- La presente Decisión será refrendada por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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