DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 187/21
DESIGNA AL DR. MATIAS MAXIMILIANO GONZALEZ, EN EL CARGO DE GERENTE SANITARIO DEL HOSPITAL "SAN ROQUE" DE EMBARCACIÓN.

Publicado en el Boletín N° 20962, el día 09 de Abril de 2021



SALTA, 06 de Abril de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 187

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Exptes. Nº 58785/21-código 321

VISTO
la Ley Nº 8.171, del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado, y el Decreto Nº 124/20; y,

CONSIDERANDO:

Que se procede a designar al doctor Matías Maximiliano González en la función de Gerente Sanitario del Hospital “San Roque” de Embarcación;

Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto la Ley Nº 8.171 y lo establecido por el Decreto Nº 16/19,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Con vigencia al 15 de marzo del 2021 designar al doctor MATIAS MAXIMILIANO GONZALEZ DNI Nº 31.371.734, en el cargo de GERENTE SANITARIO del Hospital “San Roque” de Embarcación, de acuerdo con lo previsto en el Estatuto de la Carrera Sanitaria para el Personal de Salud Pública de Salta artículo 3 inciso g) de la Ley Nº 7.678.

ARTÍCULO 2º.- Con igual vigencia y hasta la aprobación del nuevo régimen remunerativo para el personal incluido en el artículo 3º inciso g) de la Ley Nº 7.678 y por aplicación del artículo 31, el doctor MATIAS MAXIMILIANO GONZALEZ DNI Nº 31.371.734, percibirá los haberes que les corresponden a un personal del Estatuto de la Carrera Sanitaria para el Personal de Salud Pública de Salta, incluido en el agrupamiento: profesional, subgrupo: 1, Zona C, con régimen horario de treinta (30) horas semanales y el adicional por función jerárquica equivalente a Jefe de Departamento.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y CA 081005001100.

ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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