DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 198/20
DESIGNA AL SR. ENRIQUE ROBERTO ROJO, EN EL CARGO DE COORDINADOR GENERAL. SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO.

Publicado en el Boletín N° 20675, el día 30 de Enero de 2020



SALTA, 24 de Enero de 2020

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 198

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

VISTO
la Ley Nº 8.171, del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado, el Decreto Nº 16/19, y;

CONSIDERANDO:

Que por la mentada ley se establecen las competencias del Gobernador de la Provincia, entre las cuales se encuentra la facultad de designar las autoridades superiores de la Administración Pública en cualquiera de sus ámbitos;

Que, por Decreto Nº 16/19, se delega en el Coordinador Administrativo de la Gobernación la facultad de designar las autoridades superiores del Poder Ejecutivo con las excepciones que allí se indican;

Que procede designar al Sr. Enrique Roberto Rojo en el cargo de Coordinador General de la Subsecretaría de Desarrollo Comunitario, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social;

Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo - Fuera de Escalafón;

Que, en consecuencia, resulta necesario dictar  el  correspondiente  acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Nº 8.171 y lo establecido por el Decreto Nº 16/19;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Designar al SR. ENRIQUE ROBERTO ROJO D.N.I. N° 12.389.533, en el cargo de COORDINADOR GENERAL (Fuera de Escalafón), de la Subsecretaría de Desarrollo Comunitario del Ministerio de Desarrollo Social, con una remuneración de Director, a partir de la toma de posesión de sus funciones.

ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y CA correspondiente a la Jurisdicción Ministerio de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 3°.- El presente acto administrativo será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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