DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 199/24
DESIGNA A LA BIOQUÍMICA MARÍA JOSÉ MATTOS PERALTA, EN CARÁCTER DE PERSONAL TEMPORARIO.

Publicado en el Boletín N° 21708, el día 13 de Mayo de 2024



SALTA, 9 de Mayo de 2024

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 199

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expediente Nº 0100323-1774/2022

VISTO
las presentes actuaciones, por las cuales se gestiona la designación de la bioquímica MARÍA JOSÉ MATTOS PERALTA, para desempeñarse en la Dirección Centro Regional de Hemoterapia dependiente de la Secretaría de Servicios de Salud, por necesidad de servicio; y,

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Personal del Ministerio del rubro informa que la designación es factible en el cargo vacante por renuncia de la doctora Gladys Miriam Mulki, aceptada mediante Resolución Delegada Nº 699/22 y con la afectación presupuestaria por renuncia del doctor Rogelio Gerardo Núñez, aceptada por Resolución Delegada 567/23, de la cartera mencionada;

Que asimismo informa, que el trámite no representa un aumento del número de cargos previstos para la jurisdicción ni un incremento del gasto imputable a la Partida Personal del Presupuesto vigente, efectuándose la imputación preventiva del mismo;

Que los órganos técnicos competentes han constatado mediante la documentación incorporada en autos, que se encuentra acreditada la identidad e idoneidad de la postulante para su designación;

Por ello, con encuadre en el artículo 6º del Estatuto de la Carrera Sanitaria para el Personal de la Salud Pública de Salta Ley Nº 7.678, artículo 23 de la Ley Nº 8.171, modificada por su similar Nº 8.274 y Decreto Nº 13/19 y 12/23;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Designar a la bioquímica MARÍA JOSÉ MATTOS PERALTA, D.N.I. Nº 32.804.363, Matrícula Profesional Nº 893, en carácter de personal temporario, a partir de la fecha de toma de posesión y hasta el 31 de Diciembre de 2.024, en el cargo 47, Decreto Nº 2.734/12, Agrupamiento: Profesional de Salud, Subgrupo: 1, para desempeñarse como bioquímica en la Dirección Centro Regional de Hemoterapia dependiente de la Secretaría de Servicios de Salud, con régimen horario de treinta (30) horas semanales.

ARTÍCULO 2º.- La erogación resultante deberá imputarse al Curso de Acción: 081001000100, Inciso: Gastos en Personal, Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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