DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 200/21
AUTORIZA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN CARÁCTER DE COLABORACIÓN. SRA. YANINA PAOLA DEL VALLE OCHOA.

Publicado en el Boletín N° 20971, el día 22 de Abril de 2021



SALTA, 16 de Abril de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 200

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 0100075-318046/2020-0

VISTO
la solicitud de afectación de la Sra. Yanina Paola Del Valle Ochoa, personal con designación temporaria del Ministerio de Desarrollo Social, efectuada por el Gerente General del Hospital de Salud Mental Dr. Miguel Ragone; y,

CONSIDERANDO:

Que la afectación es una medida de excepción y de carácter transitorio, por la cual se admite la prestación de servicios en forma no permanente por parte de un agente en otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;

Que las necesidades de servicio presentadas en Hospital de Salud Mental Dr. Miguel Ragone pueden ser suplidas por la señora Yanina Paola Del Valle Ochoa, quien posee el perfil y experiencia suficiente para el caso;

Que, en tal sentido, las autoridades competentes prestan conformidad al presente trámite;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Nº 8.171, el Decreto Nº 13/19 y el artículo 1º inciso D) de la Resolución 08/20 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la prestación de servicios en carácter de colaboración de la Sra. YANINA PAOLA DEL VALLE OCHOA, DNI Nº 26.337.967, personal con Designación Temporaria - DA Nº 1.433/17 - prorrogada por última vez por su similar Nº 866/20, con funciones de Profesional Asistente en la Dirección General de Niñez y Familia, Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, al Hospital de Salud Mental Dr. Miguel Ragone, desde la fecha del presente hasta el 31/12/2021 o mientras duren las necesidades de servicio, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2º.- El presente acto administrativo será refrendado por la Sra. Ministra de Desarrollo Social, por el Ministro de Salud Pública y por el Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Figueroa - Esteban - Posadas






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