DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 202/23
DESIGNA AL SR. GABRIEL VALENTÍN GORTARI, COMO BAILARÍN "SIN ESTABILIDAD", EN EL BALLET DE LA PROVINCIA DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21446, el día 10 de Abril de 2023



SALTA, 3 de Abril de 2023

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 202

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

EXPEDIENTE Nº 0060289-99881/2022-0.

VISTO
: lo solicitado en el expediente de referencia, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1664/07 se creó el Ballet de la Provincia de Salta como elenco artístico profesional dependiente del Instituto de Música y Danza de la Provincia de Salta;

Que, se solicita cubrir el cargo vacante de "bailarín sin estabilidad” producido por la renuncia del Sr. Emanuel Enrique Jiménez;

Que, en consecuencia, se realizó el Concurso Público para la cobertura de cargo de bailarín y por orden de mérito fue seleccionado el bailarín Gabriel Valentín Gortari, D.N.I Nº 37.195.938;

Que, el Decreto referido dispone que “bailarín sin Estabilidad” será "
aquel que se incorpore al Ballet con motivo de la necesidad de cubrir en forma inmediata un puesto en forma temporaria” y que su ingreso será en condiciones de sin estabilidad y por medio de una selección o designación directa de acurdo a lo aconsejado por el Director Artístico, Sub Director Asistente o autoridades del Instituto”;

Que se cuenta con partida disponible para el ejercicio correspondiente tomándose presupuestariamente la baja producida por la renuncia del agente mencionado;

Por ello, y conforme a lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº 8171 modificada por su similar Nº 8274, y con arreglo a lo dispuesto por el artículo 2º, inciso 2 del Decreto Nº 13/2019;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º: Designar al Sr. GABRIEL VALENTÍN, GORTARI D.N.I Nº 37.195.938, como bailarín “sin estabilidad” del Ballet de la Provincia de Salta, en el marco del Anexo del Decreto Nº 1664/2007 inc. c) de Cobertura de Cargos, a partir de su notificación, y hasta las resultas del concurso correspondiente.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y CA correspondiente del Instituto de Música y Danza dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia v Tecnología.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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