DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 218/20
DESIGNA AL ING. AGRIMENSOR OSCAR ARMANDO SAAVEDRA, EN EL CARGO DE JEFE DE PROGRAMA REGISTRO TÉCNICO.

Publicado en el Boletín N° 20676, el día 31 de Enero de 2020



SALTA, 27 de Enero de 2020

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 218

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

VISTO
la Ley Nº 8.171, del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado, el Decreto Nº 16/19, y

CONSIDERANDO:

Que por la mentada ley se establecen las competencias del Gobernador de la Provincia, entre las cuales se encuentra la facultad de designar las autoridades superiores de la Administración Pública en cualquiera de sus ámbitos;

Que, por Decreto N° 16/19, se delega en el Coordinador Administrativo de la Gobernación la facultad de designar las autoridades superiores del Poder Ejecutivo con las excepciones que allí se indican;

Que resulta necesario cubrir el cargo de Jefe de Programa Registro Técnico de la Dirección General de Inmuebles dependiente de la Secretaría de Tierras y Bienes del Estado de la Secretaría General de la Gobernación;

Que procede designar al Ing. Agrimensor Oscar Armando Saavedra en el cargo mencionado;

Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo - Fuera de Escalafón,

Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el correspondiente acto administrativo,

Por ello,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Designar al ING. AGRIMENSOR OSCAR ARMANDO SAAVEDRA, D.N.I. Nº 7.674.267, en el cargo de JEFE DE PROGRAMA REGISTRO TÉCNICO - Fuera de Escalafón-, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, con una remuneración equivalente a Director, a partir de la toma de posesión de sus funciones

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y CA correspondiente a la Jurisdicción de la Secretaría General de la Gobernación

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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