DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 220/24
APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. DR. EDSON ANDRES GARCIA JUSTINIANO.

Publicado en el Boletín N° 21718, el día 27 de Mayo de 2024



SALTA, 23 de Mayo de 2024

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 220

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expediente Nº 0100321-11463/2.024-0

>VISTO las Leyes Nº 7.678 y modificatoria Nº 8.094, y la Resolución Ministerial Nº 183/2020 del Ministerio de Salud Pública; y,

CONSIDERANDO:

>Que en virtud de la citada normativa se realizó, a modo de excepción, la contratación de diversas personas físicas, bajo la modalidad de contrato de servicio, para garantizar la asistencia sanitaria en situaciones de emergencia y en zonas declaradas críticas por la Autoridad de aplicación;

Que en ese marco, el Ministerio de Salud Pública emitió la Resolución Ministerial de referencia, por la cual se declaró crítica la situación existente en los servicios de salud de las zonas sanitarias Centro, Norte, Sur, Este y Oeste de la Provincia de Salta y sus respectivas áreas operativas, autorizando la realización de diversos contratos de servicio;

Que a fin de dar continuidad con la cobertura sanitaria que brinda el Area Operativa Morillo, Puesto de Salud Pluma de Pato, resulta necesario instar la contratación de recurso humano, con el perfil adecuado, para el cumplimiento de las tareas encomendadas al mencionado Ministerio;

Que, los organismos técnicos competentes tomaron la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 13º de la Ley Nº 8.171 modificada por su similar Nº 8.274 y Decretos Nºs. 13/19 y 12/23;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE
:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el contrato de servicios suscripto entre el Ministerio de Salud Pública y el doctor EDSON ANDRES GARCIA JUSTINIANO, D.N.I. Nº 95.069.963, Matrícula Profesional Nº 6925, que forma parte integrante de la presente, con vigencia al 01 de abril de 2.024 y hasta el 31 de diciembre de 2.024.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto deberá imputarse a la jurisdicción y Curso de Acción del Ministerio de Salud Pública, Ejercicio Vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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VER ANEXO




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