DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 225/24
DEJA SIN EFECTO LA DESIGNACIÓN DEL C.P.N. GUILLERMO EZEQUIEL MÁRQUEZ, EN EL CARGO DE DIRECTOR GENERAL DEL CONSEJO DE AUDITORÍA CIUDADANA. DESIGNA AL ABOGADO EXEQUIEL LICO, EN EL MISMO CARGO.

Publicado en el Boletín N° 21719, el día 28 de Mayo de 2024



SALTA, 23 de Mayo de 2024

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 225

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 0110272 - 13.646/2024 - 3 Corresponde.

>VISTO las necesidades de servicios producidas en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social; y,

CONSIDERANDO:

>Que por necesidades de servicios, procede dejar sin efecto la designación del C.P.N. Guillermo Ezequiel Márquez, D.N.I. Nº 25.801.168, en el cargo de Director General del Consejo de Auditoría Ciudadana, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social;

Que corresponde designar en dicho cargo al Dr. Exequiel Lico D.N.I. Nº 32.804.486, cuyo Contrato de Servicios aprobado por Decisión Administrativa Nº 121/24, por la presente se rescinde;

Que resulta necesario dictar el correspondiente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo establecido por los Decretos Nºs 13/19 y 12/23;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto, con vigencia al 1 de mayo de 2024, la designación del C.P.N. Guillermo Ezequiel Márquez, D.N.I. Nº 25.801.168, en el cargo de Director General del Consejo de Auditoría Ciudadana, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social, dispuesta por Decisión Administrativa Nº 58/24, rectificada por su similar Nº 127/24.

ARTÍCULO 2º.- Rescindir el Contrato de Servicios suscripto entre el Ministerio de Economía y Servicios Públicos, y el abogado Exequiel Lico, D.N.I. Nº 32.804.486, aprobado por Decisión Administrativa Nº 121/24, con vigencia al 9 de mayo del 2024.

ARTÍCULO 3º.- Designar al abogado Exequiel Lico, D.N.I. Nº 32.804.486, en el cargo de Director General del Consejo de Auditoría Ciudadana, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social, con vigencia al 9 de mayo del 2024.

ARTICULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida de la Jurisdicción y CA del Ministerio de Desarrollo Social, Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 5º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Social, y por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

Demitrópulos - Dib Ashur - Mimessi






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