DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 236/21
PRÓRROGA DE AFECTACIÓN. DR. MARCELO PABLO ESCUDERO.

Publicado en el Boletín N° 20990, el día 18 de Mayo de 2021



SALTA, 17 de Mayo de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 236

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 33-64455/2020-1

VISTO
la solicitud de prórroga de afectación del Dr. Marcelo Pablo Escudero, DNI Nº 17.582.027, personal de planta permanente de la Dirección de Vialidad de Salta, ente autárquico vinculado al Poder Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Infraestructura, a la Secretaría de Trabajo dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia; y,

CONSIDERANDO:

Que la afectación es una medida de excepción y de carácter transitorio por la cual se admite la prestación de servicios en forma no permanente por parte de un agente en otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;

Que las necesidades de servicios presentadas en la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, pueden ser cumplicas por el Dr. Marcelo Pablo Escudero, quien posee el perfil y experiencia suficiente para el caso;

Que, en tal sentido, las autoridades competentes prestan conformidad al presente trámite;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Nº 8.171 y el Decreto Nº 13/19,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar la afectación a la Secretaría de Trabajo dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, del Dr. MARCELO PABLO ESCUDERO DNI 17.582.027, personal de planta permanente de la Dirección de Vialidad, ente autárquico vinculado al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Infraestructura, a partir del 1º de enero de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021, o mientras duren las necesidades de servicio, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2º.- El presente acto administrativo será refrendado por el Sr. Ministro de Infraestructura, por el Sr. Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia y por el Sr. Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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