DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 240/23
RECTIFICA EL ANEXO DE LA DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 112/2023. PRÓRROGAS DE CONTRATOS DE SERVICIOS.

Publicado en el Boletín N° 21461, el día 02 de Mayo de 2023



SALTA, 26 de Abril de 2023

DECISION ADMINISTRATIVA Nº 240

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 40.483/2023 - código 234.

VISTO la Decisión Administrativa Nº 112/23 y su Anexo; y,

CONSIDERANDO:

Que por la misma se aprobaron, las prórrogas de los Contratos de Servicios celebrados entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social y las personas detalladas en su Anexo;

Que por un error involuntario en las dependencias Delegación Regional Orán y Subsecretaría de Primera Infancia se repitió el número de orden, apellido y nombre de personas consignadas en dicho Anexo, debiendo en consecuencia excluirlas del mismo;

Que, por igual motivo, se omitió incorporar en la dependencia Subsecretaría de Primera Infancia a diversas personas cuyos Contratos de Servicios se encuentran incorporados en autos;

Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274 y lo establecido por el Decreto Nº 13/19;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACION

DECIDE:

ARTICULO 1º.- Rectificar el Anexo de la Decisión Administrativa Nº 112/2023, dejando establecido que se excluyen del mismo a las personas consignadas en los Anexos I - Delegación Regional Orán y II - Subsecretaría de Primera Infancia, que forman parte de la presente.

ARTICULO 2º.- Incluir en el Anexo de la Decisión Administrativa Nº 112/2023 - Dependencia Subsecretaría de Primera Infancia, a las personas consignadas en el Anexo III, que forma parte de la presente.

ARTICULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida pertinente de la Jurisdicción y CA del Ministerio de Desarrollo Social, Ejercicio vigente.

ARTICULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social.

ARTICULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Vargas



VER ANEXO




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