SALTA, 4 de Junio de 2024
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 250
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GOBERNACIÓN
>VISTO, el propósito del Sr. Gobernador de la Provincia de atender las necesidades socioeconómicas de los trabajadores de la Administración Pública Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que dicho objetivo solo se puede alcanzar teniendo en cuenta las posibilidades presupuestarias y financieras de la Provincia;
Que, el Gobierno ha mantenido sucesivas reuniones paritarias con todas las asociaciones sindicales y ha formulado distintas propuestas salariales dentro de sus posibilidades, continuando a la fecha con las negociaciones;
Que resulta menester efectuar las liquidaciones de los agentes de la Administración Pública Provincial, siendo necesario disponer un incremento salarial acorde a la realidad económica del Gobierno, con el objetivo de que los mismos no se vean perjudicados;
Que al sólo efecto de poder realizar la liquidación del mes de mayo de 2024 en tiempo y forma, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello, y en virtud de lo dispuesto por los Decretos Nº 13/19 y Nº 12/23 y Nº 392/23,
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Establecer un incremento salarial, para el mes de mayo de 2024, del 6% (seis por ciento), el que será calculado sobre la base del mes de diciembre/2023 con más los porcentajes previstos en el Acta Acuerdo aprobada por el Decreto Nº 82/2024.
ARTÍCULO 2º.- Disponer que el incremento de las Asignaciones Familiares será conforme lo dispuesto en la tabla que como Anexo forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a la partida "Gastos en Personal" de las Jurisdicciones, Servicios de Adninistración Financiera y Cursos de Acción correspondientes - Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 4º.- El presente instrumento será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, por la señora Ministra de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y por el señor Ministro de Salud Pública.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Mimessi (I) - Fiore Viñuales - De los Ríos Plaza (I)