DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 251/21
DESIGNA AL ODONTÓLOGO RODOLFO ANTONIO MEDRAN, EN EL CARGO DE GERENTE SANITARIO DEL HOSPITAL "JUAN CARLOS DÁVALOS" DE SANTA VICTORIA OESTE.

Publicado en el Boletín N° 20995, el día 26 de Mayo de 2021



SALTA, 20 de Mayo de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 251

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Exptes. Nº 1438/20 y 1439/20-código 250

VISTO
la Ley Nº 8.171, del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado, y el Decreto Nº 124/20; y,

CONSIDERANDO:

Que se procede a designar al Odontólogo Rodolfo Antonio Medran en la función de Gerente Sanitario en el Hospital “Juan Carlos Dávalos" de Santa Victoria Oeste;

Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto la Ley Nº 8.171 y lo establecido por el Decreto Nº 16/19;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- A partir de la fecha de toma de posesión de sus funciones, designar al Odontólogo RODOLFO ANTONIO MEDRAN DNI Nº 23.744.404, en el cargo de GERENTE SANITARIO en el Hospital “Juan Carlos Dávalos” de Santa Victoria Oeste, función 9 - Decreto Nº 1.034/96.

ARTÍCULO 2º.- Con igual vigencia y hasta la aprobación del nuevo régimen remunerativo para el personal incluido en el artículo 3º inciso g) de la Ley Nº 7.678 y por aplicación del artículo 31, el Odontólogo RODOLFO ANTONIO MEDRAN DNI Nº 23.744.404, percibirá los haberes que les corresponden a un personal del Estatuto de la Carrera Sanitaria para el Personal de Salud Pública de Salta, incluido en el agrupamiento: profesional, subgrupo: 1, con régimen horario de dedicación exclusiva, Disponibilidad Permanente Categoría B Zona E, Zona Desfavorable, adicional por radicación en localidad de difícil acceso y el adicional por función jerárquica equivalente a Jefe de División.

ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido que el Odontólogo RODOLFO ANTONIO MEDRAN retiene el cargo del cual es titular en el Hospital “Juan Carlos Dávalos” de Santa Victoria Oeste.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y CA 081007001400.

ARTÍCULO 5º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 6º - Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Esteban - Posadas






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