DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 260/20
DESIGNA AL SR. PABLO FERNÁNDEZ, EN EL CARGO DE COORDINADOR GENERAL DE LA UNIDAD DE COORDINACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROYECTOS ESPECIALES - UCEPE.

Publicado en el Boletín N° 20677, el día 03 de Febrero de 2020



SALTA, 27 de Enero de 2020

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 260

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

VISTO
la Ley Nº 8.171, del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado, el Decreto Nº 16/19, y;

CONSIDERANDO:

Que por la mentada ley se establecen las competencias del Gobernador de la Provincia, entre las cuales se encuentra la facultad de designar las autoridades superiores de la Administración Pública en cualquiera de sus ámbitos;

Que, por Decreto Nº 16/19, se delega en el Coordinador Administrativo de la Gobernación la facultad de designar las autoridades superiores del Poder Ejecutivo con las excepciones que allí se indican;

Que procede designar al Sr. Fernández Pablo en el cargo de Coordinador General de la Unidad de Coordinación y Ejecución de Proyectos Especiales - UCEPE, en el ámbito del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;

Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo - Fuera de Escalafón;

Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el correspondiente acto administrativo,

Por ello,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Designar al Sr. FERNÁNDEZ PABLO, D.N.I. Nº 23.506.591, en el de COORDINADOR GENERAL DE LA UNIDAD DE COORDINACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROYECTOS ESPECIALES - UCEPE, dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, con remuneración equivalente a Personal de Apoyo - Nivel 5, a partir del 11 de diciembre de 2019.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y CA correspondiente a la Jurisdicción Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publica en el Boletín Oficial y archivar.



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