DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 268/21
APRUEBA CONTRATOS DE OBRA. ARQ. EDUARDO DANIEL MORALES Y OTROS.

Publicado en el Boletín N° 21002, el día 04 de Junio de 2021



SALTA, 01 de Junio de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 268

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA

Expte. Nº 272-295821/2020-0 y agregados.

VISTO
los Contratos suscriptos entre la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera y los consultores individuales integrantes del Programa Mejoramiento de Barrios IV (PROMEBA IV), Préstamo BID 3458/OC-AR; y,

CONSIDERANDO:

Que el PROMEBA IV se implementa a partir del Contrato de Préstamo BID Nº 3458/OC-AR suscripto entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) al cual la Provincia adhirió mediante Convenio Marco de Adhesión, aprobado por el Decreto Provincial Nº 02/2016;

Que el Programa tiene como finalidad mejorar la calidad de vida y contribuir a la inclusión urbana y social de los hogares de los segmentos más pobres de la población residentes en villas y asentamientos irregulares;

Que el Decreto Provincial Nº 02/2016 constituye la Unidad Ejecutora Provincial (UEP) del Programa en la entonces Secretaría de Financiamiento, hoy Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera, facultándola a identificar, ejecutar y supervisar los proyectos que a través de éste se financien;

Que por Decreto Nº 752/20 de fecha 11/11/2020, se delegó en el Ministerio de Economía y Servicios Públicos la competencia de gestionar financiamiento proveniente de organismos nacionales, organismos internacionales de crédito o estados extranjeros, se modificó la denominación Secretaría de Planificación Financiera dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, por la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera y se eliminó del ámbito de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación a la Subsecretaría de Financiamiento;

Que la UEP está conformada por profesionales del área social, urbana, control de obras, ambiental y legal, financiando el PROMEBA IV la asistencia técnica a través de la contratación de los auxiliares y de los equipos de campo para cada proyecto;

Que por Decisiones Administrativas Nº 909/2019 y Nº 944/2019 se aprobaron las contrataciones celebradas para el periodo 2020 de los consultores individuales integrantes de la UEP y Equipo de Campo del Programa;

Que por nota de fecha 25/11/2020 el Coordinador Ejecutivo del Programa mediante Nota Promeba Nº 56/20 solicita No Objeción a la Unidad Coordinadora Nacional del Programa para renovar los contratos de los profesionales por un periodo de 12 meses, cuya No Objeción es otorgada mediante Nota Nº N0-2021-10498641 de fecha 05/02/2021;

Que a fs. 191, 193, 195, 199, 201, 203 y 225 se encuentran agregadas las imputaciones preventivas del gasto y a fs. 209 la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos otorga la autorización del gasto en cumplimiento con lo dispuesto por Resolución Nº 16/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Que el gasto que representa lo establecido en el presente instrumento será afrontado en un cien por ciento (100%) con fondos no reintegrables del Programa por lo que no representa erogación alguna para el erario provincial;

Que a fs. 212, se agrega informe de incompatibilidad para contratar de la Dirección General de Organización de la Secretaría General de la Gobernación;

Que mediante nota de fecha 25/02/2021, la Lic. María Candelaria Ramallo manifiesta su voluntad de no continuar prestando servicios como Auxiliar Social de la UEP, habiendo cumplido tareas los meses de enero y febrero del presente año de acuerdo a lo informado por el Coordinador Ejecutivo de la Unidad Ejecutora del Programa PROMEBA IV, por lo que corresponde su renovación por éste periodo (fs. 214/223);

Que en consecuencia, en fecha 07/04/2021 la señora Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera suscribió los contratos de obra correspondientes con los consultores individuales en cuestión por el periodo comprendido entre el 01/01/2021 hasta el 31/12/2021, a excepción de la consultora Lic. Ramallo con quien se suscribe contrato por el periodo 01/01/2021 al 28/02/2021;

Que la Asesoría Legal de la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera emitió dictamen jurídico favorable al respecto y ha tomado intervención la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el control de su competencia;

Que las actuaciones cuentan con los respectivos análisis de legalidad de los organismos que han intervenido, resultando procedente el dictado del instrumento administrativo respectivo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el art. 13 de la Ley Nº 8.171, lo establecido por el Decreto Nº 13/2019 y por el art. 1 inc. b de la Resolución N
º 16/2021,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar los Contratos de Obra suscriptos en fecha 07/04/2021 entre la Sra. Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera del Ministerio de Economía y Servicios Públicos y el Arq. EDUARDO DANIEL MORALES, DNI Nº 28.237.908; la Arq. NORMA PATRICIA CARRIZO, DNI Nº 22.583.454; el Dr. OSVALDO SIMÓN RODRÍGUEZ, DNI Nº 27.911.440; el Ing. RAFAEL ERNESTO SUELDO, DNI Nº 21.633.338; el Ing. CÉSAR MANUEL SOTO, DNI Nº 32.165.529; el Arq. GUILLERMO RAFAEL JIMÉNEZ, DNI Nº 12.409.364 y la Lic. MARÍA CANDELARIA RAMALLO, DNI Nº 25.069.568, que en Anexo forman parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse en la partida presupuestaria Programa Mejoramiento de Barrios, curso de acción 551011000100, cuenta 413400. Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 3º.- La presente Decisión será refrendada por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos y el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Dib Ashur - Posadas



VER ANEXO




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