DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 280/21
APRUEBA ADENDAS DE CONTRATOS DE SERVICIOS. SRES. ACEVEDO DANIELA IVANA Y OTROS.

Publicado en el Boletín N° 21004, el día 08 de Junio de 2021



SALTA, 04 de Junio de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 280

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 21.683/2021-código 376

VISTO
la Decisión Administrativa Nº 44/2021; y,

CONSIDERANDO;

Que por el mencionado instrumento se aprueban los Contratos de Servicios suscriptos entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia del Ministerio de Desarrollo Social y diversas personas para cumplir funciones en el municipio de Santa Victoria Este, en el Marco del Convenio celebrado entre la Provincia de Salta y el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, aprobado por Decreto Nº 598/2020, bajo la denominación “Proyecto de Acompañamiento Familiar en Contextos Rurales/Comunidades Originarias”: Programa UNIR;

Que subsisten las necesidades de servicio que originaron tales contrataciones, resultando procedente prorrogar las mismas;

Que en virtud del artículo 2º del Decreto Nº 13/2019, se delegó en la Coordinación Administrativa de la Gobernación, la competencia para realizar las designaciones y contrataciones que impliquen prestaciones de servicios personales;

Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8.171 y lo establecido por el Decreto Nº 13/19, la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar las Adendas de los Contratos de Servicios celebrados entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, y las personas consignadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º.- La erogación resultante de lo dispuesto precedentemente será atendida con fondos del Curso de Acción 561022000200, Cuenta 413411.1007, Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 3º.- La presente Decisión Administrativa será refrendada por la señora Ministra de Desarrollo Social y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Figueroa - Posadas



VER ANEXO




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