SALTA, 22 de Junio de 2023
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 317
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS
SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA
Expte. Nº 272-218235/2022-3 y agregado.-
VISTO el Contrato suscripto entre la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera y el Arq. Julio Gastón Viola Morosini, DNI Nº 25.218.329, para cumplir tareas como “Sobrestante de Obra” de la Unidad de Inspección de la Obra: “Ampliación y Refuncionalización del Hospital San Bernardo - Ciudad de Salta - Provincia de Salta”, en el marco del Préstamo ARG-049/2020-FONPLATA; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la ley Nº 8.208,-promulgada por el Decreto Provincial Nº 583/2020, se autorizó al Poder Ejecutivo Provincial a suscribir con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata -FONPLATA-, un Contrato de Préstamo para el financiamiento del Proyecto “Ampliación y Refuncionalización del Hospital San Bernardo”, por la suma de Dólares Estadounidenses Veinte Millones (U$S 20.000.000);
Que el objetivo general del Proyecto es contribuir a incrementar la capacidad y la calidad de los servicios públicos de salud en la Provincia de Salta y su zona de influencia, cuyos objetivos específicos son: (i) ampliar y mejorar la infraestructura y equipamiento del Hospital San Bernardo destinada a servicios y áreas de atención de Cuidados Críticos y de Alta Complejidad; (ii) contribuir a reducir los tiempos de espera de los pacientes para cirugías y los riesgos de infecciones intrahospitalarias; y (iii) fortalecer el Sistema de Gestión del Hospital y capacitar a los colaboradores para su correcta implementación;
Que en fecha 04/06/2020 el señor Gobernador de la Provincia suscribió Contrato de Préstamo ARG-49/2020 con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata y el Contrato de Contragarantía con el Estado Nacional. En la misma fecha se suscribió el Contrato de Garantía entre la República Argentina y el FONPLATA, aprobados por Decreto Provincial Nº 475/2021 de fecha 15/06/2021;
Que en el artículo 3º del citado decreto se designa como Organismo Ejecutor del Proyecto al Ministerio de Economía y Servicios Públicos y por medio del art. 4º se crea en el ámbito del Organismo Ejecutor, la Unidad Ejecutora del Programa (UEP), la que será responsable de ejecutar, dirigir, coordinar, supervisar y de ejercer controles técnicos, económicos-financieros y jurídicos del Proyecto;
Que por Resoluciones Nº 326/2021 y Nº 397/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos se designaron a los funcionarios que integran la estructura de la UEP del Proyecto y se aprobó el Reglamento Operativo del Proyecto respectivamente;
Que por Decreto Nº 752/2020 de fecha 11/11/2020, se delegó en el Ministerio de Economía y Servicios Públicos la competencia de gestionar financiamiento proveniente de organismos nacionales, organismos internacionales de crédito o estados extranjeros, se modificó la denominación Secretaría de Planificación Financiera dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, por la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera y se eliminó del ámbito de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de Ia Gobernación a la Subsecretaría de Financiamiento;
Que en el marco de las competencias atribuidas por las normas antes citadas, la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera lleva adelante el procedimiento de contratación de un consultor individual “Sobrestante de Obra” para la Unidad de Inspección de la Obra: “Ampliación y Refuncionalización del Hospital San Bernardo - Ciudad de Salta - Provincia de Salta", financiada con fondos del Préstamo ARG-049/2020- FONPLATA, actualmente en ejecución;
Que mediante Notas Cite: GOP/NOT-4528/23 de fecha 16/02/2023, FON PLATA otorga no objeción a los Términos de Referencia remitidos por la UEP a fin de proceder a la contratación del profesional en cuestión que integrará la unidad de inspección;
Que las actuaciones cuentan con la debida autorización del gasto por parte de la Secretaría de Finanzas de acuerdo a la normativa vigente;
Que obran invitaciones a participar del concurso de antecedentes remitidas a una terna de profesionales, así como también los correspondientes Currículums Vitae presentados y demás documentación solicitada;
Que mediante Dictamen de Evaluación de fecha 17/03/2023, la Comisión Evaluadora conformada al efecto por Disposición Nº 05/2023 de la Dirección Gereral de Financiamiento, luego de proceder al análisis de los antecedentes presentados, recomienda la contratación del Arq. Julio Gastón Viola Morosini por ser el profesional que posee los artecedentes más apropiados para el trabajo a desarrollar;
Que en fecha 21/03/2023, la Dirección General de Organización de la Secretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente de la Coordinación Administrativa de Gobernación informa que no habrían objeciones que formular respecto a la incompatibilidad de empleo público prevista en el art. 62 de la Constitución Provincial;
Que mediante notas de fecha 29/03/2023 se notificó el resultado de la evaluación a la terna de profesionales invitada quienes no manifestaron oposición alguna;
Que se encuentra agregada la imputación definitiva del gasto dejando constancia que será afrontado en un cien por ciento (100%) con fondos del aporte local del Programa;
Que en consecuencia, en fecha 03/04/2023 la señora Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera suscribió el contrato correspondiente con el Arq. Viola Morosini por el periodo comprendido entre el 03/04/2023 hasta el 31/12/2023;
Que la Asesoría Legal de la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera emitió dictamen jurídico favorable al respecto y ha tomado intervención la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el control de su competencia;
Que las actuaciones cuentan con los respectivos análisis de legalidad de los organismos que han intervenido, resultando procedente el dictado del instrumento administrativo respectivo;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el art. 13 de la Ley Nº 8.171 y su modificatoria Ley Nº 8.274, lo establecido por el Decreto Nº 13/2019 y por el art. 1 inc. b de la Resolución Nº 16/2021;
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Contrato suscripto en fecha 03/04/2023 entre la señora Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera del Ministerio de Economía y Servicios Públicos y el Arq. Julio Gastón Viola Morosini, DNI Nº 25.218.329, para cumplir funciones como “Sobrestante de Obra” de la Unidad de Inspección de la Obra: “Ampliación y Refuncionalización del Hospital San Bernardo - Ciudad de Salta - Provincia de Salta", en el marco del Préstamo ARG-049/2020-FONPLATA, que en anexo forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse en la partida presupuestaria del Préstamo ARG-049/2020- FONPLATA, Curso de acción: 551009000300, Cuenta 413411. Ejercicio 2023.
ARTÍCULO 3º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 4º.-Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Dib Ashur