DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 338/21
PRORROGA LA DESIGNACIÓN DE LA SRA. ALEJANDRA MARGARITA BARBOZA, EN EL CARGO DE DIRECTORA ARTÍSTICA DEL BALLET FOLKLÓRICO DE LA PROVINCIA DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21038, el día 27 de Julio de 2021



SALTA, 22 de Julio de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 338

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

EXPEDIENTE Nº 0060289-134127/2021

VISTO
la Decisión Administrativa Nº 281/21; y,

CONSIDERANDO:

Que el instrumento legal mencionado aprueba la prórroga de la designación, de la Sra. Alejandra Margarita Barboza DNI Nº 22.253.464, en el cargo de Directora Artística del Ballet Folklórico de la Provincia de Salta “General Martin Miguel de Güemes”, dependiente del Instituto de Música y Danza hasta el día 22 de mayo de 2021, o hasta la resulta del correspondiente Concurso, lo que ocurra primero;

Que mediante expediente Nº 289-63640/2021-1 tramita el proceso de Concurso Público para cubrir el Cargo de Director Artístico del Ballet Folklórico de la Provincia de Salta "General Martin Miguel de Güemes”;

Que, dado a las necesidades de servicio imperantes en dicho cuerpo estable, y en el marco de las actividades previstas en el año del Bicentenario del Fallecimiento del Gral. Martín Miguel de Güemes, resulta necesario prorrogar la designación de la agente mencionada hasta desde el dia 23 de mayo de 2021 y hasta las resultas del concurso público en trámite;

Que en consecuencia, es necesario dictar el correspondiente instrumento legal;

Por ello, conforme a las facultades conferidas por el artículo 13 de Ia Ley Nº 8.171 y con arreglo a lo establecido por el artículo 2º, inciso 2, del Decreto Nº 13/19,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar la designación de la Sra. ALEJANDRA MARGARITA BARBOZA, DNI Nº 22.253.464, en el cargo de Directora Artística del Ballet Folklórico de la Provincia de Salta “General Martin Miguel de Güemes” dependiente del Instituto de Música y Danza desde el día 23 de mayo de 2021 y por el término de un año, o hasta la resulta del correspondiente Concurso Público correspondiente para la cobertura de dicho cargo, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y CA correspondiente a la Jurisdicción de Ia Secretaría de Cultura del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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