DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 340/21
DEJA SIN EFECTO LA RENOVACIÓN DEL ING. SANTIAGO MATÍAS MÉNDEZ. DESIGNA AL ING. ABRAHAM ANTONIO CORRADO RONCAGLIA, EN EL CARGO DE DIRECTOR GENERAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN.

Publicado en el Boletín N° 21041, el día 30 de Julio de 2021



SALTA, 26 de Julio de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 340

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

VISTO
las necesidades de servicio presentadas en el Ministerio de Desarrollo Social; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decisión Administrativa Nº 156/2019 - Nº de Orden 3-, se renovó la designación del Ing. Santiago Matías Méndez en el cargo de Director General de Sistemas de Información, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social;

Que por razones de servicio corresponde dejar sin efecto la renovación dispuesta a través del instrumento antes referido -Nº de Orden 3-, con vigencia a partir de la firma del presente instrumento;

Que por los motivos expuestos y por reunir las condiciones necesarias para el desempeño del cargo, corresponde designar al Ing. Abraham Antonio Corrado Roncaglia, con retención de su cargo de planta permanente en la mencionada cartera de Estado;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8.171 y lo establecido por el Decreto Nº 16/2019;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto, a partir de la firma de la presente, la renovación dispuesta en la Decisión Administrativa Nº 156/2020 - Nº de Orden 3, del Ing. SANTIAGO MATÍAS MÉNDEZ DNI Nº 27.175.604.

ARTÍCULO 2º
.- Designar, en idéntica fecha a la establecida en el artículo precedente al Ing. ABRAHAM ANTONIO CORRADO RONCAGLIA DNI Nº 17.581.674, en el cargo de DIRECTOR GENERAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN, (Fuera de Escalafón), en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social, con retención de su cargo de planta permanente en la mencionada cartera de Estado.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida y CA del Ministerio de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Figueroa - Villada (I)






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