DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 352/22
APRUEBA CONTRATOS DE OBRA. ARQ. EDUARDO DANIEL MORALES Y OTROS.

Publicado en el Boletín N° 21221, el día 29 de Abril de 2022



SALTA, 25 de Abril de 2022

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 352

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

Expte. Nº 272-289756/2021.-

VISTO los Contratos suscriptos entre la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera y los consultores individuales integrantes del Programa Mejoramiento de Barrios IV (PROMEBA IV), Préstamo BID 3458/OC-AR; y,

CONSIDERANDO:

Que el PROMEBA IV se implementa a partir del Contrato de Préstamo BID Nº 3458/OC-AR suscripto entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) al cual la Provincia adhirió mediante Convenio Marco de Adhesión, aprobado por el Decreto Provincial Nº 02/2016;

Que el Programa tiene como finalidad mejorar la calidad de vida y contribuir a la inclusión urbana y social de los hogares de los segmentos más pobres de la población residentes en villas y asentamientos irregulares;

Que el Decreto Provincial Nº 02/2016 constituye la Unidad Ejecutora Provincial (UEP) del Programa, hoy Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera, facultándola a identificar, ejecutar y supervisar los proyectos que a través de éste se financien;

Que por Decreto Nº 752 de fecha 11/11/2020, se delegó en el Ministerio de Economía y Servicios Públicos la competencia de gestionar financiamiento proveniente de organismos nacionales, organismos internacionales de crédito o estados extranjeros, se modificó la denominación Secretaria de Planificación Financiera dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, por la Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera y se eliminó del ámbito de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación a la Subsecretaría de Financiamiento;

Que la UEP está conformada por profesionales del área social, urbana, control de obras, ambiental y legal, financiando el PROMEBA IV la asistencia técnica a través de la contratación de los auxiliares y de los equipos de campo para cada proyecto;

Que por Decisiones Administrativas Nº 268/2021, Nº 495/2021 y Nº 570/2021 se aprobaron las contrataciones celebradas para el periodo 2021 de los consultores individuales integrantes de la UEP y Equipo de Campo del Programa;

Que el Coordinador Ejecutivo del Programa mediante Notas Promeba Nº 112 y 115 solicita No Objeción a la Unidad Coordinadora Nacional del Programa para renovar los contratos de los profesionales por un periodo de 12 meses, cuya No Objeción es otorgada mediante Nota Nº NO-2021-126006771-APN-SSPVEI#MDTYH de fecha 28/12/2021;

Que a fs. 223, 225, 231, 233, 235, 237, 239, 241, 243, 249, 251, 253, 255, 257, 259, 261 y 263 se encuentran agregadas las imputaciones preventivas del gasto y a fs. 272 la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos otorga la autorización del gasto en cumplimiento con lo dispuesto por Resolución Nº 16/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Que el gasto que representa lo establecido en el presente instrumento será afrontado en un cien por ciento (100%) con fondos no reintegrables del Programa por lo que no representa erogación alguna para el erario provincial;

Que a fs. 215 el Sr. Coordinador Ejecutivo UEP-PROMEBA informa que el Ing. Rafael Ernesto Sueldo, ha manifestado su voluntad de no renovar contrato;

Que en consecuencia, en fecha 01/02/2022 la señora Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera suscribió los contratos de obra correspondientes con los consultores individuales en cuestión por el periodo comprendido entre el 01/01/2022 hasta el 31/12/2022;

Que la Asesoría Legal de la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera emitió dictamen jurídico favorable al respecto y ha tomado intervención la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el control de su competencia;

Que las actuaciones cuentan con los respectivos análisis de legalidad de los organismos que han intervenido, resultando procedente el dictado del instrumento administrativo respectivo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el art. 13 de la Ley Nº 8.171, modificada por Ley 8274, lo establecido por el Decreto Nº 13/19 y por el art. 1 inc. b de la Resolución Nº 16/21;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACION

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar los Contratos de Obra suscriptos en fecha 01/02/22 entre la Sra. Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera del Ministerio de Economía y Servicios Públicos y los consultores individuales Arq. Eduardo Daniel Morales, DNI Nº 28.237.908; Arq. Norma Patricia Carrizo, DNI Nº 22.583.454; Dr. Osvaldo Simón Rodríguez, DNI Nº 27.911.440; Ing. César Manuel Soto, DNI Nº 32.165.529; Arq. Guillermo Rafael Jiménez, DNI Nº 12.409.364; Lic. Gregorio Alberto Herranz, DNI Nº 29.390.394; Lic. Florencia Gimena Caliva, DNI Nº 39.674.359; Ing. Edmundo Bautista Flores, DNI Nº 14.453.356, Lic. Carolina Dora Arias DNI Nº 37.420.364; Ing. María Fernanda de los Ángeles Yapura, DNI Nº 37.227.710; Arq. Paola Vanesa Merlo, DNI Nº 23.277.193; Ing. María Fernanda Macoritto Torcivia, DNI Nº 26.899.923; Lic. Fátima del Rosario Juárez Valdéz, DNI Nº 36.282.104; Lic. Ángela Leonor Ramírez, DNI Nº 22.759.404, Sr. Darío Rolando Moreno, DNI Nº 22.056.521; Arq. Cecilia Inés Marinaro Montalbetti, DNI Nº 26.701.707; y Dra. Cinthia Fernanda Góngora, DNI Nº 25.411.313, que en Anexo forman parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse en la partida presupuestaria Programa Mejoramiento de Barrios, curso de acción 551011000100, cuenta 413411. Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 3º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Dib Ashur



VER ANEXO




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