DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 357/22
AUTORIZA AFECTACIÓN. SR. LUCIANO ALFREDO MATÍAS PÉREZ VIDAL.

Publicado en el Boletín N° 21226, el día 06 de Mayo de 2022



SALTA, 29 de Abril de 2022

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 357

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 1120410-21800/2022-0.

VISTO la solicitud de prorrogar la afectación del Sr. Luciano Alfredo Matías Pérez Vidal, personal de planta permanente del Ministerio de Desarrollo Social, efectuada por el Coordinador Administrativo de la Gobernación; y,

CONSIDERANDO:

Que la afectación es una medida de excepción y de carácter transitorio, por la cual se admite la prestación de servicio en forma no permanente por parte de un agente a otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;

Que las necesidades de servicio presentadas en la Coordinación Administrativa de la Gobernación pueden ser suplidas por el Sr. Pérez Vidal, quien posee el perfil y experiencia suficiente para el caso;

Que, en tal sentido, las autoridades competentes prestan conformidad al presente trámite, razón por la cual resulta procedente prorrogar la afectación del agente al organismo solicitante;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Nº 8171, modificada por la Ley 8.274, el Decreto Nº 13/19 y el artículo 1º inciso D) de la Resolución Nº 16/21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la afectación del Sr. Luciano Alfredo Matías Pérez Vidal, D.N.I. Nº 31.469.331, personal de planta permanente, agrupamiento técnico, subgrupo 2, con funciones de técnico de la División Focalizados TBC/Celíacos - Programa Alimentarios Socios- Sanitarios - Dirección General de Políticas Alimentarias de la Secretaría de Políticas Sociales, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, a la Coordinación Administrativa de la Gobernación, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2022 o mientras duren las necesidades de servicios, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2º.- El presente acto administrativo será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Vargas






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