SALTA, 4 de Julio de 2023
DECISION ADMINISTRATIVA Nº 363
MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÌA
EXPEDIENTE Nº 0060289-204722/2022-0
VISTO los Decretos Nº 1664/2007 y 223/2015, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 1664/07 se creó el “Ballet de la Provincia De Salta” como elenco profesional dependiente del Instituto de Música y Danza de la Provincia de Salta;
Que, mediante el Decreto Nº 223/2015 se creó “La Escuela Oficial de Ballet de la Provincia” dependiente del Instituto de Música y Danza en jurisdicción de la Secretaría de Cultura;
Que en el Anexo del Decreto Nº 1664/2007, se aprobó la planta de cargos que conformará el cuerpo artístico creado, consignándose, entre otros, el cargo de Bailarín/a sin estabilidad estableciendo en el inc. c) Bailarín Sin Estabilidad: será aquel que se incorpore al Ballet con motivo de la necesidad de cubrir en forma inmediata un puesto en forma temporaria. Su ingreso será en condiciones de “sin estabilidad ” y por medio de una selección o designación directa de acuerdo a lo aconsejado por el Director Artístico, Sub Director Asistente o autoridades del Instituto.
Que en este orden de consideraciones con respecto a las bailarinas seleccionadas por el Director Artístico, correspondería la designación como bailarinas sin estabilidad hasta las resultas del concurso correspondiente del “Ballet de la Provincia de Salta";
Que el Instituto de Música y Danza como autoridad de aplicación, en jurisdicción de la Secretaría de la Cultura dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y la Dirección de Asuntos legales, han tomado la intervención de su competencia;
Que, por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8171 modificada por su similar Nº 8274 y por el Decreto Nº 13/2019;
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Designar en los términos del Decreto Nº 1664/2007 inc. c), como Bailarinas sin estabilidad del Ballet de la Provincia de Salta, dependiente del Instituto de Música y Danza, hasta las resultas del concurso correspondiente a las personas detalladas en el ANEXO, adjunto que forma parte integral de la presente, a partir de la fecha de su notificación.
ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y CA correspondiente al Instituto de Música y Danza en jurisdicción de la Secretaría de Cultura dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Ejercicio vigente.
ARTÍCULO 3º.- La presente Decisión Administrativa será refrendada por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
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