DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 374/21
AUTORIZA AFECTACIÓN. SR. PÉREZ VIDAL LUCIANO ALFREDO MATIAS.

Publicado en el Boletín N° 21073, el día 20 de Septiembre de 2021



SALTA, 02 de Septiembre de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 374

COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GOBERNACIÓN


EXPEDIENTE Nº 1120410-186718/2021-1

VISTO la solicitud de prórroga de afectación del señor Pérez Vidal Luciano Alfredo Matías, personal perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, efectuada por el señor Coordinador Administrativo de la Gobernación; y,

CONSIDERANDO:

Que se gestiona la prórroga de afectación del señor Pérez Vidal Luciano Alfredo Matías, personal perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales dependiente del Ministerio de Desarrollo, a fin de que continúe prestando funciones en la Coordinación Administrativa de la Gobernación;

Que dicha prorroga tiene carácter de excepcional y temporario, estando supeditada al mantenimiento de las razones que la originaron y/o la finalización de quien la promovió;

Que las autoridades superiores han tomado dicha intervención a la solicitud efectuada;

Por ello, en el marco de lo establecido por el artículo 85 Decreto 4.118/1997, el Decreto Nº 13/2019 y el artículo 1º Incido D) de la Resolución Nº 16/21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la prórroga de afectación del Sr. PÉREZ VIDAL LUCIANO ALFREDO MATIAS, DNI Nº 31.469.331, personal perteneciente a la Secretaría de Políticas Sociales dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, a la Coordinación Administrativa de la Gobernación, a partir del 01 de enero del año 2021 y hasta el 31 de diciembre del año 2021 o mientras duren las necesidades de servicio, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2º.- La presente Decisión será refrendada por la señora Ministra de Desarrollo Social y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Figueroa - Villada (I)






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