DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 374/23
DESIGNA EN CARÁCTER DE PERSONAL TEMPORARIO. DRA. ANA VICTORIA TRAVERSI, COMO PROFESIONAL ASISTENTE, EN EL HOSPITAL DE ANGASTACO.

Publicado en el Boletín N° 21511, el día 17 de Julio de 2023



SALTA, 12 de Julio de 2023

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 374

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Expediente Nº 0100321-84584/2023-0

VISTO las presentes actuaciones, por las cuales se gestiona la designación de la doctora Ana Victoria Traversi para desempeñarse en el Hospital de Angastaco, por necesidad de servicio; y,

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Personal del Ministerio de Salud informa que la designación es factible en el cargo vacante por renuncia de la doctora Liliana del Valle Andaloro, aceptada por Resolución Delegada Nº 437/21 de la cartera mencionada y con la afectación presupuestaria producida por renuncia del doctor Héctor Augusto Romero, tramitada mediante Expediente Nº 321-88287/23;

Que asimismo informa, que el trámite no representa un aumento del número de cargos previstos para la jurisdicción ni un incremento del gasto imputable a la Partida Personal del Presupuesto vigente, efectuándose la imputación preventiva del mismo;

Que los órganos técnicos competentes han constatado mediante la documentación incorporada en autos, que se encuentra acreditada la identidad e idoneidad de la postulante para su designación;

Por ello, con encuadre en el artículo 6º del Estatuto de la Carrera Sanitaria para el Personal de la Salud Pública de la Provincia de Salta, Ley Nº 7.678, artículo 23 de la Ley Nº 8.171, modificada por su similar Nº 8.274 y Decreto Nº 13/19;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Designar a la doctora ANA VICTORIA TRAVERSI, D.N.I. Nº 37.776.515, Matrícula Profesional Nº 7.066, en carácter de personal temporario, a partir de la fecha de toma de posesión y hasta el 31 de Diciembre de 2.023, en el cargo 2, Decreto Nº 623/06, Agrupamiento: Profesional de la Salud, Subgrupo: 1, para desempeñarse como Profesional Asistente en el Hospital de Angastaco, con régimen horario de treinta (30) horas semanales.

ARTÍCULO 2º.- La erogación resultante deberá imputarse al Curso de Acción: 081 007001900, Inciso: Gastos en Personal, Ejercicio Vigente.

ARTÍCULO 3º.- La presente Decisión será refrendada por el señor Ministro de Salud Pública.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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