DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 377/22
PRÓRROGA DE AFECTACIÓN. DR. MARCELO PABLO ESCUDERO.

Publicado en el Boletín N° 21233, el día 17 de Mayo de 2022



SALTA, 9 de Mayo de 2022

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 377

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 64-266018/2021-0

VISTO
la solicitud de prórroga de afectación del Dr. Marcelo Pablo Escudero, D.N.I. Nº 17.582.027, personal de planta permanente de la Dirección de Vialidad de Salta, ente autárquico vinculado al Poder Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Infraestructura, a la Secretaría de Trabajo dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo; y,

CONSIDERANDO:

Que la afectación es una medida de excepción y de carácter transitorio por la cual se admite la prestación de servicios en forma no permanente por parte de un agente en otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;

Que las necesidades de servicios presentadas en la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, pueden ser cumplidas por el Dr. Marcelo Pablo Escudero, quien posee el perfil y experiencia suficiente para el caso;

Que, en tal sentido, las autoridades competentes prestan conformidad al presente trámite;

Por ello, en el marco de lo establecido por el artículo 13º de a Ley Nº 8171 modificada por su similar Nº 8274, y el artículo 1º, inciso D), de la Resolución Nº 16/21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar la afectación a la Secretaría de Trabajo dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, del Dr. MARCELO PABLO ESCUDERO DNI 17.582.027, personal de planta permanente de la Dirección de Vialidad, ente autárquico vinculado al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Infraestructura, a partir del 1º de Enero de 2022 y hasta el 31 de Diciembre de 2022, o mientras duren las necesidades de servicio, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2º.- El presente acto administrativo será refrendado por el Sr. Ministro de Infraestructura, por el Sr. Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar



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