DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 391/21
ACEPTA RENUNCIA. SRA. ANA GABRIELA HERRERO, AL CARGO DE SUPERVISOR DE NÚCLEO DE SUPERVISIÓN GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN PRIVADA - BENEFICIO JUBILATORIO.

Publicado en el Boletín N° 21077, el día 24 de Septiembre de 2021



SALTA, 09 de Septiembre de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 391

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

EXPEDIENTE Nº 0120159-88274/2019-1

VISTO la renuncia presentada por la Sra. Ana Gabriela Herrero al cargo de Supervisor de Núcleo de la Dirección General de Educación Privada, dependiente del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, a partir del 01/10/2019 por acogerse al beneficio de la jubilación; y,

CONSIDERANDO:

Que no se pudo dar cumplimiento al requisito de la presentación de la realización del examen psicofísico de egreso de la Administración Pública Provincial de la agente, pese a los intentos de lograr su ubicación, según información obrante en estas actuaciones;

Que la dimitente no registra sumario administrativo en trámite ni posee bienes públicos a su cargo, según informes de la entonces Dirección General de Personal de la Provincia y de la Dirección General de Administración -División Muebles e Inmuebles de este Ministerio;

Que han tomado intervención la Dirección General de Personal y la Dirección General de Asuntos Jurídicos, ambas de este Ministerio;

Por ello, con arreglo de lo dispuesto por Ley Nº 8.171 y lo establecido por el  Decreto Nº 13/19 y el artículo 2º del Decreto Nº 16/19,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar, a partir del  01/10/2019, la renuncia de la Sra. ANA GABRIELA HERRERO, DNI Nº 14.865.176, al cargo de Supervisor de Núcleo de Supervisión General de la Dirección General de Educación Privada, dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, en razón de acogerse al beneficio de la jubilación.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la agente renunciante no cumplimentó con la realización del examen psico-físico de egreso previsto en la normativa reglamentaria de la Ley Nº 24.557 (Dec. Nac. Nº 1.338/96, art. 9º, Resol. SRT Nº 43/97, art. 6º).

ARTÍCULO 3º.- La presente Decisión Administrativa será refrendada por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Cánepa - Villada (I)






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