DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 391/24
RESCINDE CONTRATO DE SERVICIOS. SR. LUCAS AGUSTÍN BORQUEZ. APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. SR. ALFREDO FERNANDO CHOQUE.

Publicado en el Boletín N° 21791, el día 11 de Septiembre de 2024



SALTA, 9 de Septiembre de 2024

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 391

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expedientes Nºs 62.963/2024 y 8.082/2024- código 376.

VISTO el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y el Sr. Alfredo Fernando Choque; y,

CONSIDERANDO:

Que dicho contrato se celebra para que el nombrado desempeñe las tareas descriptas en el Anexo que forma parte del mismo, en distintos Dispositivos y Centros de Protección, dependientes de la referida Secretaría, en reemplazo del Sr. Lucas Agustín Borquez, quien presentó la rescisión a su contrato aprobado por Decisión Administrativa Nº 400/23, a partir del 1 de diciembre del 2023;

Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8171, modificada por su simiar Nº 8274 y lo establecido por el Decretos Nºs 13/19 y 12/23, la Ley Nº 8072 y su Decreto Reglamentario Nº 1319/18;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dar por rescindido el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Prirrera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y el Sr. Locas Agustín Borquez, D.N.I. Nº 38.738.014, aprobado por Decisión Administrativa Nº 400/23, con vigencia al 1 de diciembre del 2023.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y el Sr. Alfredo Fernando Choque, D.N.I. Nº 33.265.390, con vigencia al 1 de marzo y hasta el 31 de agosto del 2024, cuyo texto forma parte de la presente.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida pertinente de la Jurisdicción y CA del Ministerio de Desarrollo Social, Ejercicio 2024.

ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Mimessi









VER ANEXO




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