ACORDADAS



ACORDADA N° 13.316

CORTE DE JUSTICIA DE SALTA



En la ciudad de Salta, a los  15   días del mes de marzo de dos mil veintiuno, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia el señor Presidente, las señoras Juezas y los señores Jueces de Corte, que firman la presente,

DIJERON:

Que por Acordada N° 11.589 se aprobó el Convenio de Incorporación de la Provincia de Salta al "Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos" (R.U.A.G.F.A.), y con posterioridad, por la Acordada N° 12.709, se introdujeron modificaciones al Reglamento del mencionado Registro y a las disposiciones referidas al Equipo Interdisciplinario, a la vez que se aprobaron nuevos protocolos de actuación en la materia.

Que por Acordada N° 12.345 esta Corte aprobó el Plan Estratégico III, en el que se establecieron los lineamientos fundamentales para el decenio 2017-2027, fijándose entre sus objetivos la modernización del Poder Judicial a través de la despapelización en todas las dependencias y tribunales para la implementación gradual y progresiva del expediente digital.

Que en ese marco, desde la Secretaría de Derechos Humanos, en cuya órbita funciona la Secretaría Tutelar a cargo del RUAGFA, se propone la digitalización de los legajos de los aspirantes a Guardas con Fines Adoptivos inscriptos en el mencionado Registro, para su remisión -cfr. art. 11 del Anexo I de la Acordada N° 12.709- por correo electrónico u otro medio virtual habilitado.

Que esta medida también permitirá que los legajos de postulantes habilitados en el Registro Provincial y que se estime que reúnen las condiciones para diferentes casos, se encuentren disponibles para ser consultados por cualquier magistrado hasta que ser seleccionados para un determinado expediente .

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 153 apartado I inciso b) de la Constitución  Provincial,

ACORDARON:

I. MODIFICAR el art. 11 del Anexo I de la Acordada N° 12.709 por el siguiente texto:

Art. 11.- Remisión de Legajos - Trámite - Consultas. Sin perjuicio de la potestad de los magistrados de consultar las constancias del Registro, todo requerimiento de legajos que efectúen los jueces del Fuero de Personas y Familia se gestionará ante la Secretaría Tutelar quien remitirá mediante correo electrónico oficial u otro medio virtual habilitado, en el término de cuarenta y ocho (48) horas, los legajos de postulantes habilitados en el Registro Provincial y que se estime que reúnen las condiciones para el caso y se encuentren disponibles.

Efectuada por los magistrados la selección de postulantes, por secretaría del juzgado se comunicará de inmediato al Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos para su toma de razón, quien a su vez le remitirá el legajo en soporte papel y deberá notificar de la no disponibilidad de dicho legajo a los demás tribunales a los que se lo haya remitido digitalmente.

Si se solicitasen legajos de registros de otras jurisdicciones el pedido deberá tramitarse por medio del Registro Local, el que seguirá el procedimiento implementado por la DNRUA y contenido en el punto 4.1 b) del Anexo I del Convenio de Incorporación a la Provincia de Salta del "Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos R.U.A.G.F.A." aprobado mediante Acordada N° 11.589.

Los jueces podrán requerir nuevos o determinados legajos, basándose en el Superior Interés del Niño, Niña o Adolescente tutelado, debiendo fundamentar expresamente tal solicitud. Podrán, en casos concretos y respecto de postulantes determinados, requerir la intervención del Equipo Interdisciplinario solicitando aclaraciones, nuevas evaluaciones o las medidas que pudieran corresponder.

Los legajos de los postulantes respecto de los que se  discierna una guarda preadoptiva se deberán acumular a los expedientes respectivos, los que se devolverán a la Secretaría Tutelar en caso de cesación o revocatoria.

II. DISPONER que la presente comience a regir a partir del 26 de marzo de 2021.

III. COMUNICAR
a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página web del Poder Judicial de Salta y PUBLICAR en el Boletín Oficial.

Con lo que terminó el acto, firmando por ante la Secretaría de Corte de Actuación, que  certifica.





Guillermo Alberto Catalano, PRESIDENTE - Pablo López Viñals, Ernesto R. Samson, Fabian Vittar, Horacio José Aguilar, JUECES - Teresa Ovejero Cornejo, María Alejandra Gauffin, Sandra Bonari, Adriana Rodríguez Faraldo, JUEZAS - Dr. Juan Allena Cornejo, SECRETARIO DE CORTE DE ACTUACIÓN




R. S/C N° 400002070
Orden de Publicación: 400015404
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 18/03/2021

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