ACORDADAS



ACORDADA N° 13.364

CORTE DE JUSTICIA DE SALTA



En la ciudad de Salta, a los 03  días del mes de mayo de dos mil veintiuno, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia el señor Presidente, las señoras Juezas y los  señores Jueces de Corte que  firman  la presente,

DIJERON:

Que mediante Acordada 13.353, como medida extraordinaria de prevención, se dispuso la no concurrencia del personal del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral del Distrito Judicial Tartagal desde el 28 de abril hasta el 06 de mayo del año en curso, el que continuó funcionando de manera remota con empleo de los medios electrónicos instalados y admitidos por la legislación.

Que se tiene a la vista informe del Servicio de Salud Ocupaciónal del Poder Judicial mediante el cual se le otorga el alta  epidemiológica al personal del juzgado referido a partir del día de la fecha por haber cesado los motivos que originaron su aislamiento.

Por  ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 153 apartado I inciso b) de la Constitución Provincial,

ACORDARON:

I. DEJAR ESTABLECIDO que al haber cesado los motivos que originaron el dictado de la Acordada 13.353, el personal del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral del Distrito Judicial  Tartagal  se  encuentra prestando  servicios  de manera presencial desde el día de la fecha.

II. COMUNICAR a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página web del Poder Judicial de Salta y PUBLICAR en el Boletín Oficial.

Con lo que terminó el acto,  firmando por ante la Secretaría de Corte de Actuación, que da fe.



Guillermo Alberto Catalano, PRESIDENTE - Fabian Vittar, Pablo López Viñals, Horacio José Aguilar, Ernesto R. Samson, JUECES - Maria Ovejero Cornejo, Sandra Bonari, Adriana Rodríguez Faraldo, María Alejandra Gauffin, JUEZAS - Dra. Maria Jimena Loutayf, SECRETARIA DE CORTE DE ACTUACIÓN




R. S/C N° 400002096
Orden de Publicación: 400015617
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 06/05/2021

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