CONCURSOS CIVILES O PREVENTIVOS



Dra. Victoria Ambrosini de Coraita, Jueza de 1a Instancia en lo Civil de Concursos y Quiebras 2ª Nom., Secretaría de la Dra. Maria Candelaria Zenteno, hace saber que en los autos caratulados:”VILLALBA, MARIA EUGENIA AZUCENA-CONCURSO PREVENTIVO-EXPTE. N°  657.028/19”, se ha  dictado la  siguiente Resolución:  "Salta, 07   de   Mayo  de     2021. Y  VISTOS… CONSIDERANDO ... RESUELVO: I) TENER POR CUMPLIDO el acuerdo preventivo homologado fs. 40 y vta., (21.02.20), atento a las razones   expuestas   en   los   Considerandos   y   en   su   mérito, DECLARAR LA CONCLUSIÓN del concurso preventivo tramitado en autos, de conformidad con el art. 59 in fine LCQ. ll) ORDENAR el cese de las limitaciones impuestas a la concursada Maria Eugenia Azucena  Villalba, DNI N° 16.899.15, conf. arts. 16   y   17   LCQ, asÍ como el LEVANTAMIENTO de la inhibición general de bienes y restricción de salidas del país oportunamente dispuesta LÍBRENSE oficios, conforme Considerandos. III) DISPONER la comunicación de lo aquí resuelto a los Juzgados de la provincia. LÍBRESE oficios conforme Considerandos. IV) ORDENAR la publicación por un día en  el  Boletín  Oficial de la  presente, conforme  Considerandos.  V. CÓPIESE, regístrese y notifiquese. Fdo. Dra. Victoria Ambrosini de Coraita, Jueza, Secretaría de la Dra. Maria  Candelaria Zenteno.

SALTA, 14 de Mayo de 2021.



Dra. Victoria Ambrosinin de Coraita, JUEZA - Dra. Maria Candelaria Zenteno Nuñez, SECRETARIA




F. N° 0013 - 00001223
Orden de Publicación: 400015682
Importe: $325,50
Fecha/s de publicación: 19/05/2021

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