ACORDADAS



ACORDADA N° 13.264

CORTE DE JUSTICIA DE SALTA



En la ciudad de Salta, a los 21 días del mes de diciembre del año dos mil veinte, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia el señor Presidente, las señoras Juezas y los señores Jueces de Corte que firman la presente,

DIJERON:

Que mediante Acordada N° 13.253, como medida extraordinaria de prevención, se dispuso la no concurrencia del personal del Juzgado de Garantías n° 6 mientras la situación epidemiológica así lo requiera, el que continuó funcionando de manera remota con empleo de los medios electrónicos instalados y admitidos por la legislación.

Que se tiene a la vista informe del Servicio de Salud Ocupacional del Poder Judicial mediante el cual se le otorga el alta epidemiológica al personal del juzgado referido a partir del día de la fecha, sin perjuicio de que el agente con resultado positivo por coronavirus continuará aislado hasta que obtenga el alta correspondiente.

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 153 apartado I inciso b) de la Constitución Provincial,

ACORDARON:

I.  DISPONER  que  al  haber  cesado  los  motivos  que originaron el dictado de la Acordada N° 13.253, el personal del Juzgado de Garantías n° 6 se encuentra en condiciones de reintegrarse a la actividad laboral presencial a partir del día de la fecha.

II.  COMUNICAR a quienes corresponda,  DAR A CONOCER a través de la página web del Poder Judicial de Salta, y PUBLICAR en el Boletín Oficial.

Con  lo  que  terminó  el  acto  firmando por  ante  la Secretaría de Corte de Actuación, que certifica.



Guillermo Alberto Catalano, PRESIDENTE - Fabián Vittar, Pablo López Viñals, Horacio José Aguilar, Ernesto R. Samson, JUECES - Teresa Ovejero Cornejo, María Alejandra Gauffin, Sandra Bonari, Adriana Rodríguez Faraldo, JUEZAS - Juan Allena Cornejo, SECRETARIO LETRADO DE CORTE


R. S/C N° 400002027
Orden de Publicación: 400015170
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 23/12/2020

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