ACORDADAS



ACORDADA N° 13.508

CORTE DE JUSTICIA DE SALTA



En la ciudad de Salta, a los 27 días del mes de octubre del año dos mil veintiuno, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia el señor Presidente Dr. Guillermo Alberto Catalano y las señoras Juezas y los señores Jueces de Corte que firman la presente,

DIJERON:

Que según lo dispuesto por la Ley Nacional 22.117 y modificatorias los tribunales del país con competencia en materia penal deben remitir al Registro Nacional de Reincidencia testimonio de la parte dispositiva  de determinados actos procesales, tales como autos de procesamiento u otra medida equivalente que establezcan los códigos procesales, prisión preventiva, rebeldía, sobreseimiento, extinción de la acción penal, suspensión de juicio a prueba, sentencias absolutorias y condenatorias, entre otros, (conf. art. 2 de la Ley 22.117).

Que asimismo, el art. 5° de la referida norma determina que, antes de dictar resoluciones en las cuales, según las leyes deban tenerse en cuenta los antecedentes penales del causante los tribunales requerirán del Registro información correspondiente.

Que en ese contexto esta Corte de Justicia suscribió convenios de colaboración con el Ministerio de Justicia de la Nación a fin de optimizar los procesos de pedidos y remisión de informes al Registro Nacional de Reincidencia, los que fueron aprobados por las Acordadas 8208, 8670 y 12.984.

Que se ha comunicado que la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia, cuenta con un sistema informático denominado "AlephMail” el cual permite implementar canales de comunicación digital destinados a la remisión de resoluciones judiciales registrables, como también al diligenciamiento y contestación de los informes de antecedentes penales.

Que en tal sentido, la remisión al Registro Nacional de Reincidencia que deben efectuar los tribunales, juzgados y demás organismos judiciales del testimonio de la parte dispositiva de los actos procesales enumerados por el art. 2° de la Ley 22.117, y los pedidos de informes de antecedentes penales a enviar desde las cuentas institucionales, se efectuarán directamente a tal Registro, por correo electrónico a la cuenta aleph@dnrec.jus.gov.ar.

Que la utilización de este sistema supone un avance en criterios de gestión institucional de recursos materiales y humanos, y se enmarca dentro del objetivo de mejora permanente del servicio de justicia.

Que por otra parte, a los fines de asegurar el correcto funcionamiento del sistema, resulta conveniente disponer su ejecución gradual y progresiva permitiendo realizar los ajustes y correcciones necesarias a partir de la experiencia que brinde su utilización en los juzgados y tribunales designados al efecto.

Que la implementación del presente se enrola en los lineamientos fundamentales para el decenio 2017-2027 dispuestos en el Plan Estratégico III (Acordada 12.345) fijándose entre sus objetivos la modernización del Poder Judicial a través de la despapelización en todas las dependencias y tribunales para la implementación gradual y progresiva del expediente digital.

Por ello,

ACORDARON:

I. IMPLEMENTAR en forma gradual y progresiva el sistema informático denominado "AlephMail" perteneciente a la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia a partir del 1° de noviembre de 2021.

II.     DETERMINAR que la puesta a punto del referido sistema se desarrollará en los Juzgados de Garantías n° 1, 2 y 8 y en la Sala VI del Tribunal de Juicio.

III. COMUNICAR a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página web del Poder Judicial de Salta, y PUBLICAR en el Boletin Oficial.

Con lo que terminó el acto firmando por ante la Secretaria de Actuación, que da fe.



Guillermo Alberto Catalano, PRESIDENTE - Fabian Vittar, Horacio José Aguilar, Pablo López Viñals, JUECES - Teresa Ovejero Cornejo, Sandra Bonari, María Alejandra Gauffin, JUEZAS - Dr. Juan Allena Cornejo, SECRETARIO DE CORTE DE ACTUACIÓN






R. S/C N° 400002157
Orden de Publicación: 400016291
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 29/10/2021

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