CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



ENARGY  S.R.L.



Socios:
Entre los señores Ana Laura Juri, argentina, D.N.I. N° 29.164.538, C.U.I.T. N° 27-29164538-6, de profesión arquitecta, casada, de 38 años de edad, con domicilio en manzana N° 3, lote N° 8, barrio Jardines de San Lorenzo de la localidad de San Lorenzo provincia de Salta, Argentina y Pablo Gastón Santoro, argentino, D.N.I. N° 29.720.254, C.U.I.T. N° 20-29720254-6, Ingeniero, casado, de 36 años de edad, con domicilio en manzana N° 3, lote N° 8, barrio Jardines de San Lorenzo de la localidad de San Lorenzo, provincia de Salta.

Fecha de Constitución:  01/11/19.

Denominación: ENARGY S.R.L.

Domicilio y Sede Social: De común acuerdo, los socios resuelven fijar la sede del domicilio social en manzana N° 3 lote N° 8, barrio Jardines de San Lorenzo de la localidad de San Lorenzo, provincia de Salta, Argentina.

Duración: La sociedad tendrá una duración de noventa y nueve años, a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Este plazo podrá prorrogarse con el acuerdo de todos los socios de la sociedad.

Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, a las siguientes actividades: a) Servicios de Operación y Tareas de mantenimiento en el Área de Ingeniería: Montaje y desmontaje de equipos de bombeo, transporte de cargas sólidas, operación y mantenimiento de almacenes, mediciones físicas en pozos, mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo, implementación de sistemas de mantenimiento, planes de inspección, mantenimiento de instalaciones de campo y plantas de tratamiento de petróleo, agua y gas, mantenimiento de sistema de producción de salmueras y sistemas de trasvase en piletas de evaporación de litio. Ensayos de pozos y servicio de alambre (well testing & slick line - well testing), servicios de alambre (Slick Line) para industria del oil&gas. b) Servicios Consultoría: Proveer servicios de consultoría y asesoramiento para la industria energética en su totalidad, estudios de viabilidad para la compra de activos, estudios de optimización para upstrime, estudios de optimización para minería y optimización de costos operativos. c) Servicios de Arquitectura: Anteproyectos y proyectos de arquitectura, renderización de proyectos, proyectos llave en mano, estudios preliminares de factibilidad, proyecto ejecutivo en la construcción de edificios, dirección de obra y ejecución. d) Servicios de asesoramiento: Activos renovables de ingeniería para diversos proyectos de la industria, consultoría y servicios para la industria energética renovable, estudios de viabilidad para consumo EE renovable. e) Construcción: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, como fiduciante, fiduciario y/o por cuenta de terceros, o asociadas a terceros en el país, las siguientes actividades: Realizar la construcción de todo tipo de obras, públicas o privadas, sean a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de edificios, viviendas, locales comerciales y plantas industriales; realizar refacciones, remodelaciones, instalaciones, trabajos de albañilería y/o cualquier trabajo de la construcción. Las actividades que en virtud de la materia lo requieran, serán ejercidas por profesionales con título habilitante. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente Estatuto. Estudios de viabilidad, arquitectura sustentable, edificios sustentables, casas sustentables, venta de artefactos e insumos sustentables, servicios de instalación de artefactos sustentables. Para el cumplimiento de su objeto social en general, la sociedad podrá celebrar toda clase de contratos, por cuenta propia o de terceros, contratos de administración de acciones, créditos, obligaciones, certificados de asociaciones y cualquier otro título o documento de cualquier sociedad o persona física o jurídica. Realizar y llevar a cabo todo y cuanto sea necesario para lograr cualquiera de los objetos señalados en este Estatuto o enmienda de los mismos.

Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos seiscientos mil ($ 600.000) que se divide en seiscientas cuotas iguales de pesos mil ($ 1.000). Las cuotas son suscriptas en las siguientes proporciones: La Sra. Ana Laura Juri, trescientas cuotas sociales, por la suma de pesos trescientos mil ($ 300.000) y el Sr. Pablo Gastón Santoro, trescientas cuotas sociales, por la suma de pesos trescientos mil ($ 300.000). El capital suscripto es integrado por todos los socios en efectivo, el 25 %  al momento de la inscripción de la sociedad en el Registro Público de Comercio, siendo el restante 75 %  a integrar dentro del plazo de dos años a la fecha de la firma del presente contrato.

Administración: La administración, la representación y el uso de la firma social estarán a cargo del socio gerente que será designado por los socios. La duración en el cargo será por todo el plazo de duración de la sociedad o hasta que los socios designen un nuevo gerente. Este actuará con toda amplitud en los negocios sociales, pudiendo realizar cualquier acto o contrato para la adquisición de bienes muebles o inmuebles y las operaciones mencionadas en la cláusula tercera del presente contrato. En garantía del desempeño de sus funciones conforme las disposiciones legales y contractuales, el gerente deberá efectuar un depósito en la sede social de la suma de $ 10.000,00 (pesos diez mil) cada uno, garantía que será restituida una vez que sean reemplazado en su cargo y su gestión aprobada por los socios de la sociedad.

Fecha de Cierre del Ejercicio Económico: Los socios se reunirán dentro de los dos meses de concluido el Ejercicio Financiero, que para tal fin termina el día 31 de diciembre de cada año. En esta oportunidad se tratará la modificación y/o aprobación del Balance General, el Inventario, el Proyecto de Distribución de utilidades y el Estado de Resultados.

Designación de la Gerencia: De común acuerdo, se designa como gerente de la sociedad a la Sra. Ana Laura Juri D.N.I. N° 29.164.538, quien fijado domicilio especial en manzana N° 3 lote N° 8 - barrio Jardines de San Lorenzo de la localidad de San Lorenzo provincia de Salta. Se fija la garantía de ley por la suma de pesos diez mil ($ 10.000) tendrá a su cargo la administración y representación de la sociedad, sin más limitaciones ni restricciones que las impuestas por las disposiciones legales y contractuales aplicables.



AUTORIZO publicación 14/01/2020.





Dra. María Veronica Miranda,
SUBSECRETARIA DE REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y PERSONAS JURÍDICAS




F. N° 0011 - 00001806
Orden de Publicación: 100077862
Importe: $980.00
Fecha/s de publicación: 20/01/2020

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