RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



Salta, 23 de enero de 2020

INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA SALTA

RESOLUCIÓN Nº 0070



VISTO
el Expediente Nº 68-129565/2016-41, correspondiente a la Obra Nº 2266: CONSTRUCCIÓN DE 84 VIVIENDAS, INFRAESTRUCTURA Y OBRAS COMPLEMENTARIAS EN BARRIO PEREYRA ROZAS - ETAPA II - SALTA CAPITAL”, por el cual la empresa Romero Igarzabal S.R.L. solicita la aprobación del plan de trabajo readecuado; y



CONSIDERANDO:

Que a fs. 01 rola informe de Inspección dirigido al Jefe del Área de Control de Obras, solicitando se apruebe la readecuación del plan de trabajo de obra básica, en razón de que por Resolución I.P.V. N° 1290 se aprobó un adicional con un plazo de 91 días corridos que resulta ampliatorio del plazo de obra básica;

Que a fs. 02/04 rola copia fiel de Resolución I.P.V. N° 1290/19 aprobatoria del Adicional N° 1, con un plazo de 91 días corridos ampliatorio del plazo de obra básica;

Que a fs. 07 rola copia fiel de Acta de inicio de Adicional N° 1, labrada en fecha 21/10/19;

Que a fs. 08 se agrega Plan de Trabajo de obra básica reformulado, siendo la nueva fecha de finalización de obra básica el 19/01/2020;

Que a fs. 12 se incorpora copia fiel de Plan de Trabajo vigente de obra básica, siendo la fecha de finalización de obra el 30/11/2019;

Que a fs. 15 rola copia fiel de nota de pedido, de fecha 17/12/19, por medio de la cual la contratista renuncia a mayores costos, gastos indirectos e improductivos con motivo de la readecuación del plan de trabajo;

Que a fs. 17 se incorpora visto bueno de la jefatura del Área de Control de Obras;

Que el presente pedido tiene por objeto readecuar el plan de trabajo de la obra básica, en virtud de que el plazo del Adicional N° 1 resulta ampliatorio;

Que habiendo presentado la contratista, el Plan de Trabajo readecuado, que traslada la fecha de finalización de la obra al 19/01/2020, corresponde su aprobación, en razón de la dependencia existente entre la obra básica y el Adicional, resultando ampliatorio el plazo de este último;

Que el servicio jurídico de la Unidad Única de Contrataciones no tiene objeciones que realizar, aclarando que se trata de una readecuación del Plan de Trabajo y que conforme art. 110 de la Ley Nº 8072, los procedimientos, actos y contratos realizados o celebrados bajo la vigencia de las normas de la legislación anterior y sus consecuencias continuarán sometidas a ella, por lo que el caso de autos se rige por la Ley Nº 6838 por tratarse de un contrato celebrado con anterioridad a la Ley 8072;

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por la Ley Provincial Nº 5167 y su modificatoria la Ley Nº 5963,



EL PRESIDENTE DEL

INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA

RESUELVE:



Artículo 1.º) Aprobar la readecuación del Plan de Trabajo de la obra N° 2266: "CONSTRUCCIÓN DE 84 VIVIENDAS, INFRAESTRUCTURA Y OBRAS COMPLEMENTARIAS EN BARRIO PEREYRA ROZAS - ETAPA II - SALTA CAPITAL", a cargo de la empresa Romero Igarzabal S.R.L., trasladando en consecuencia la fecha de terminación de los trabajos al 19/01/2020, en el marco de lo dispuesto por el art. 38 de la Ley Nº 6838 y del art. 42 del Decreto Reglamentario Nº 1448/96 y por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.

Artículo 2.º) Se deja constancia que la empresa Romero Igarzabal S.R.L. renuncia a todo reclamo en concepto de mayores gastos, compensaciones, gastos improductivos, indirectos y cualquier otra indemnización que pudiere corresponder por la ampliación solicitada.

Artículo 3.º) Aprobar el Plan de Trabajo readecuado rolante a fs. 8, el que como Anexo en copia certificada forma parte de la presente resolución.

Artículo 4.º) La presente Resolución será refrendada por el Sr. Jefe del Área de Control de Obras, la Sra. Jefa de la Unidad Única de Contrataciones y por el Sr. Coordinador Técnico.

Artículo 5.º) Comunicar, registrar, publicar y archivar.



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F. V/C N° 0012 - 00001199
Orden de Publicación: 100078440
Importe: $595,00
Fecha/s de publicación: 27/02/2020

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