RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



Salta, 23 de enero de 2020

INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA SALTA

RESOLUCIÓN Nº 0069



VISTO
el Expediente Nº 0110068-95045/2013-1010, correspondiente a la Obra Nº 1884 - "CONSTRUCCIÓN DE 10 VIVIENDAS EN GENERAL GÜEMES - DPTO. GENERAL GÜEMES - PCIA. DE SALTA", por el cual su contratista, la MUNICIPALIDAD DE GENERAL GÜEMES, solicita una ampliación de plazo de 9 (nueve) meses mediante nota de pedido y presenta Acta de Recepción Provisoria de fecha 28 de noviembre de 2019; y

CONSIDERANDO:

Que la obra en cuestión, adjudicada a la contratista mediante Resolución I.P.V. Nº 600/13, tiene como última fecha de finalización de trabajos aprobada por Resolución I.P.V. Nº 1015/19 el día 30 de marzo de 2019;

Que la inspección, con presencia del representante técnico de la contratista y en el lugar de emplazamiento de la obra, verificó que los trabajos recibidos se ejecutaron según la documentación contractual técnica y legal, por lo que procedió a realizar la recepción provisoria de la obra, fecha a partir de la cual se cuenta el período de garantía;

Que la diferencia de plazos entre la última fecha de finalización aprobada y el acta de recepción provisoria, es justificada mediante informe de la Inspección emitido en el marco del Expte. Nº 68-95045/2013-1010, a lo cual la Jefatura del Área pertinente otorga su Visto Bueno;

Que consta asimismo, la renuncia de la contratista a todo reclamo en concepto de mayores gastos, compensaciones, gastos improductivos, indirectos y cualquier otra indemnización que pudiere corresponder por la ampliación de plazos producida;

Que el servicio jurídico de la Unidad Única de Contrataciones toma debida intervención, dictaminando que el presente caso podría encuadrar en el artículo Nº 88 y artículo Nº 38 de la Ley Nº 6838 y concordantes de su decreto reglamentario; vigente en razón de lo dispuesto por el artículo Nº 110 de la Ley Nº  8072;

Que atento a lo arriba solicitado, corresponde proceder en la forma indicada, teniéndose presente la plena vigencia de los artículos Nº 1273, 1274, 1275, 1277 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación sobre responsabilidad del constructor;

Por ello y, en uso de las facultades otorgada por la Ley Provincial Nº 5167 y su modificatoria Ley Nº 5963;



EL PRESIDENTE DEL

INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA

RESUELVE:



Artículo 1.º) Aprobar la ampliación de plazo contractual de la obra Nº 1884 - "CONSTRUCCION DE 10 VIVIENDAS EN GENERAL GÜEMES - DPTO. GENERAL GÜEMES - PCIA. DE SALTA" por el termino de 9 (nueve) meses corridos a cargo de  la contratista, la Municipalidad de General Güemes, en el marco de lo dispuesto por el art. Nº 38 de la Ley Nº 6838 de Contrataciones de la Provincia y en el art. Nº 42 del Dec. Nº 1448 por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución, con lo que la finalización de la obra se traslada al 31 de diciembre de 2019.

Artículo 2.º) Se deja constancia que la contratista, renuncia a todo reclamo en concepto de mayores gastos, compensaciones, gastos improductivos, indirectos y cualquier otra indemnización que pudiere corresponder por la ampliación solicitada.

Artículo 3.º) Aprobar el Acta de Recepción Provisoria de la Obra Nº 1884 - "CONSTRUCCION DE 10 VIVIENDAS EN GENERAL GÜEMES - DPTO. GENERAL GÜEMES - PCIA. DE SALTA", ejecutada por la Municipalidad de General Güemes, la que en copia certificada forman parte de este instrumento como Anexo.

Artículo 4.º) La presente Resolución será refrendada por el Sr. Jefe de la U.E.P.D. y la Sra. Jefa de la Unidad Única de Contrataciones.

Artículo 5.º) Registrar, comunicar, publicar y archivar.



Carrizo - Bernasconi - Cortez Gil - Pancetti






F. V/C N° 0012 - 00001201
Orden de Publicación: 100078442
Importe: $518,00
Fecha/s de publicación: 27/02/2020

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