CONCEJO DELIBERANTE - MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO
ORDENANZA N° 2009/2020
VISTO:
El Decreto N° 29/2020 del D.E.M., mediante el cual manifiesta la necesidad de adquirir maquinaria para lograr el normal funcionamiento del Municipio, y siendo que actualmente se encuentra declarada la emergencia hídrica y ambiental en toda la jurisdicción del Municipio, a través de la Ordenanza Nº 2003/2020, y;
CONSIDERANDO:
Que la maquinaria que posee en la actualidad la Municipalidad se encuentra en muy mal estado y además no cubre las necesidades básicas para realizar todas las tareas esenciales, es que es imperiosa la compra de camiones que cubran dicha carencia;
Que por medio de tres convenios de transferencia de fondos suscriptos entre la Provincia de Salta, a través de la Secretaría del Interior con nuestro Ejido, se convino en primer lugar la adquisición de un camión con caja volquete con capacidad de 8 m3, por la suma de pesos cuatro millones setecientos mil ($ 4.700.000.-), conforme transferencia establecida en dicho contrato;
Que el segundo convenio, lo fue para la adquisición de una pala retroexcavadora, por la suma de pesos ocho millones setecientos treinta y cuatro mil quinientos ($ 8.734.500.);
Que por último, fue celebrado otro convenio para la adquisición de un camión con caja volquete con capacidad de 6 m3, por la suma de pesos cuatro millones doscientos mil ($ 4.200.000.);
Que conforme a las facultades emanadas de la Ley N° 8115, corresponde a este Concejo Deliberante emitir el presente instrumento legal.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO,
EN REUNIÓN, HA ACORDADO Y
ORDENA:
Artículo 1.º) APRUÉBESE la adquisición de un camión con caja volquete con capacidad de 8 m3, por la suma de pesos cuatro millones setecientos mil ($ 4.700.000.-), la adquisición de una pala retroexcavadora por la suma de pesos ocho millones setecientos treinta y cuatro mil quinientos ($ 8.734.500.-), y de un camión con caja volquete con capacidad de 6 m3, por la suma de pesos cuatro millones doscientos mil ($ 4.200.000.-).
Artículo 2.º) ESTABLÉZCASE que los fondos para dicha adquisición, surgirán mediante transferencia, en la modalidad establecida en cada uno de los contratos.
Artículo 3.º) LLÁMESE A LICITACIÓN PÚBLICA para la adquisición de dicha maquinaria, conforme los términos y condiciones de la Ley de Contrataciones de la Provincia.
Artículo 4.º) AUTORÍZASE la utilización de partidas y la incorporación presupuestaria para su efectivización.
Artículo 5.º) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.
Juan Pablo Davalos, PRESIDENTE - Miguel A. Mercado, VICEPRESIDENTE - Jose Maria Conde Mauger, Jose Osvaldo Raynaga, Monica Melisa González, Maria Victoria Cayo, Maria Elisea Lozano, MIEMBROS CONCEJO DELIBERANTE - Olga Noemi Ceballos, SECRETARIA LEGISLATIVA
Ejecutivo Municipal, 05 de marzo de 2020.
PROMÚLGUESE, Téngase por Ordenanza, Regístrese bajo el Nº 2009/2020, publíquese, dese al Boletín Municipal y Archívese.
Dr. Jose Manuel Saravia, INTENDENTE