ACORDADAS



CORTE DE JUSTICIA DE SALTA

ACORDADA N° 13082



En la ciudad de Salta, a los 16 días del mes de marzo de dos mil veinte, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia el señor Presidente, las señoras Juezas y los señores Jueces de Corte que firman al pie de la presente,

DIJERON:

Que se encuentra el pais en situación epidemiológica a causa del COVID-19 (coronavirus) , declarada como pandemia por la Organización Mundial de Salud (OMS) , y que diera origen a la emergencia sanitaria tanto a nivel nacional y provincial, mediante Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260/2020 (B.O. N° 34327 del 12-03-2020) y N° 250/2020 (B.O. N° 20704 del 13-03-2020), respectivamente.

Que el artículo 41 de la Constitución Provincial establece que "La salud es un derecho inherente a la vida y , su preservación es un deber de cada persona. Es un bien social. Compete al Estado el cuidado de la salud física, mental y social de las personas...".

Que en su mérito y en el marco de las Acordadas 13079, 13080, y las normas dictadas en su consecuencia corresponde a esta Corte adoptar todas las medidas conducentes.

Por ello en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 153 apartado I inciso a) de la Constitución Provincial,

ACORDARON

I.- ESTABLECER
Feria Judicial Extraordinaria desde el martes 17 y hasta martes 31 de marzo del 2020, inclusive, en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por los Poderes Ejecutivo Nacional y Provincial.

II.- DETERMINAR que la feria se realizará en el horario de 09.00 a 13.00, de conformidad y con los alcances de los artículos 45, 46, 47, y concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 5642 y sus modificatorias.

III.-
FIJAR que para los tribunales y juzgados en turno el inicio de la feria extraordinaria se iniciará a las 00.00 horas del dia 17 de marzo y hasta las 24.00 horas del 31 de marzo, pudiendo habilitar dias y horas.

IV.-  
DISPONER  que  la  Corte  de  Justicia  quedará integrada por los señores Jueces de Corte Dres. Guillermo Alberto Catalano, Sergio Fabián Vittar, Pablo López Viñals y la señora Jueza de Corte Dra. Teresa Ovejero Cornejo, a fin de adoptar las medidas necesarias que requiera la situación extraordinaria.

V.- AFECTAR al cumplimiento de la feria extraordinaria a los tribunales y juzgados que se encuentran en turno, a los  que  excepcionalmente aquí se incluyen y a las dependencias, que a continuación se detallan:

DISTRITO JUDICIAL CENTRO

Tribunal de Impugnación Sala II;

Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Sala V;

Juzgados de Garantías de Segunda y Séptima Nominación;

Juzgado de Violencia Familiar y de Género N° 1;

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia N° 1;

Juzgado de Menores de Tercera Nominación; Juzgado de Ejecución y Detenidos de Segunda Nominación; Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Primera Nominación;

Juzgado  de  Primera  Instancia  del  Trabajo  de  Segunda Nominación;

Juzgado Multifuero sede Cafayate.

DISTRITO JUDICIAL ORÁN

Juzgado de Garantías de Primera Nominación;

Vocal N° 2 de Tribunal de Juicio Sala I con competencia en Ejecución y Detenidos, Dr. Mario Edgardo Maldonado;

Vocal N° 2 de Tribunal de Juicio Sala II con competencia en Menores, Dra. María Laura Toledo Zamora;

Juzgado de Violencia Familiar y de Género N° 1;

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia Primera Nominación.

DISTRITO JUDICIAL TARTAGAL

Juzgado de Garantías de Segunda Nominación;

Vocal N° 2 de Tribunal de Juicio Sala I con competencia en Ejecución, y Detenidos, Dra. María Soledad de los Ángeles Rodríguez;

Vocal N° 1 de Tribunal de Juicio Sala II con competencia en Menores, Dra. Asusena Margarita Vásquez;

Juzgado de Violencia Familiar y de Género N° 1;

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia Segunda Nominación.

DISTRITO JUDICIAL DEL SUR

CIRCUNSCRIPCIÓN METÁN

Juzgado de Garantías de Primera Nominación;

Vocal N° 2 de Tribunal de Juicio Sala II con competencia en Menores, Dra. Carolina Poma Salvadores;

Juzgado de Violencia Familiar y de Género N° 1;

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia Primera Nominación.

CIRCUNSCRIPCIÓN ANTA - JOAQUÍN V. GONZÁLEZ

Juzgado Multifuero, Dra. Patricia Inés Rahmer, también con competencia en Garantías.
ÁREAS ADMINISTRATIVAS

Secretaria de Superintendencia

Dirección de Recursos Humanos

Dirección de Administración

Dirección de Mantenimiento Edilicio

Oficinas de Violencia Familiar y de Género

Servicio Médico Forense y área Médico Laboral

Servicios Generales

Secretaria de Informática

VI.-
DETERMINAR que en los Distritos Judiciales del Interior las medidas cautelares de naturaleza Civil y Comercial y del Trabajo se presentarán y resolverán en los

Juzgados en lo Civil de Personas y Familia.

VII.-
AUTORIZAR a los jueces de todas las instancias y fueros no incluidos en la feria extraordinaria a realizar los actos procesales que estuvieren fijados y consideren imprescindibles .

VIII.-
ESTABLECER que los tribunales o juzgados que se encuentren en turno trabajarán con la dotación completa de su personal, con excepción de aquellos comprendidos en el punto X, mientras que los restantes deberán confeccionar la nómina de personal y la harán conocer el día de mañana mediante comunicación a la Dirección de Recursos Humanos.

IX.-
SUSPENDER toda la actividad de la Escuela de la Magistratura, y todos los procedimientos de selección de funcionarios que lleva a cabo la Unidad de Concurso, sea cual fuese el trámite en el que se encuentre.

X.-
OTORGAR desde el 17/03/2020 y hasta el 31/03/2020, un permiso extraordinario y obligatorio de ausencia para aquellos trabajadores considerados población de riesgo, a saber:

a. Personas de sesenta (60) años o más;

b. Embarazadas;

c. Grupos de riesgo:

Personas con enfermedades respiratorias crónica: hernia diafragmática, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), enfisema congénito, displasia broncopulmonar, traqueostomizados crónicos, bronquiectasias, fibrosis quistica y asma;

d. Personas con enfermedades cardiacas: insuficiencia cardiaca, enfermedad coronaria, reemplazo valvular, valvulopatias y cardiopatias congénitas;

e. Personas con inmunodeficiencias congénitas o adquiridas (no oncohematológica): VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable) o pacientes con VIH con presencia de comorbilidades independientemente del status inmunológico, utilización de medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/dia de metilprednisona o más de 20 mg/dia o su equivalente por más de 14 dias), inmunodeficiencia congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocitica) y desnutrición grave;

f. Pacientes oncohematológicos y transplantados: tumor de órgano sólido en tratamiento, enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa y transplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos;

g. Obesos mórbidos (con Índice de masa corporal > a 40);

h.      Diabéticos, personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses;

i.       Aquellos casos que, no estando contemplados en el presente artículo, justifiquen mediante certificado médico la necesidad de gozar del permiso extraordinario de ausencia.

XI.-
COMUNICAR que los agentes dispensados de concurrir a su lugar de trabajo deberán permanecer en el lugar de residencia a disposición de la autoridad del organismo en el que revisten, bajo apercibimiento de incurrir en falta grave.

XII.-
LIMITAR el acceso a los edificios judiciales sólo a aquellas personas que deban cumplir trámites procesales y administrativos que resulten estrictamente necesarios.

XIII.-
ESTABLECER que los servicios prestados en feria extraordinaria podrán ser compensados conforme a lo dispuesto por el artículo 3° del Reglamento Interno del Poder Judicial, Acordada 5159 y modificatorias.

XIV.-
FACULTAR al señor presidente para que dicte los instrumentos necesarios en orden a la implementación de lo aquí dispuesto.

XV.-
COMUNICAR a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página web del Poder Judicial de Salta y PUBLICAR en el Boletín Oficial.

Con  lo que terminó el  acto  firmado por
ante la Secretaria de Corte de Actuación, que certifica.-



Guillermo Alberto Catalano, PRESIDENTE - Teresa Ovejero Cornejo, Sandra Bonari, JUEZAS - Ernesto R. Samsón, Fabián Vittar, Pablo López Viñals, JUECES -Dra. María Jimena Loutayf, SECRETARIA DE CORTE DE ACTUACIÓN


R. S/C N° 100009385
Orden de Publicación: 100078859
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 17/03/2020

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