RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 18 Marzo de 2020

RESOLUCIÓN Nº 4

COMITÉ OPERATIVO DE EMERGENCIA

VISTO
el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 250/2020 del Poder Ejecutivo Provincial y la Resolución Nº 01/2020 del Comité Operativo de Emergencia de la provincia;

y,

CONSIDERANDO:

Que mediante lo dispuesto en el artículo 7º del citado Decreto de Necesidad y Urgencia, el Comité Operativo de Emergencia se encuentra autorizado a tomar todas las medidas conducentes a evitar la propagación del COVID-19 (coronavirus) y al control de su implementación, en atención a la emergencia sanitaria declarada por el referido decreto, en su artículo 1º;

Que en virtud de ello, el Comité dictó la Resolución Nº 01/2020 ordenando la suspensión, desde el 16/03/2020 y hasta el 31/03/2020, de la asistencia a los lugares de trabajo de los agentes dependientes de la Administración Pública Centralizada, Descentralizada, Organismos Autárquicos del Poder Ejecutivo y Sociedades del Estado, con la obligación de que cada área deba garantizar la prestación de servicios en condiciones de seguridad sanitaria;

Que en este marco, con la finalidad de evitar que medidas de prevención tomadas en un contexto de emergencia perjudiquen a interesados en diversos procedimientos administrativos, es que se considera necesario y oportuno adoptar, como medida complementaria, la suspensión de todos los plazos administrativos durante la vigencia de la suspensión dispuesta en la citada resolución;

Que, asimismo, la presente medida posibilita no sólo la adaptación de los plazos administrativos al estado de emergencia sanitaria vigente evitando el traslado de las personas con el consiguiente riesgo que ello implica, sino que además permite concentrar todos los esfuerzos de la Administración que estuvieren disponibles para aquellos procedimientos estrictamente necesarios para mejorar su capacidad de respuesta;

Por ello, en el marco de las competencias previstas en el artículo 7º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 250/2020;

EL COMITÉ OPERATIVO DE EMERGENCIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Disponer, desde el 19/03/2020 y hasta el 31/03/2020, la suspensión de todos los plazos administrativos para la Administración Pública Centralizada, Descentralizada, Organismos Autárquicos del Poder Ejecutivo y Sociedades del Estado. Quedan exceptuados de la presente medida los plazos de los procedimientos de contrataciones, en la medida que la Administración Pública no disponga lo contrario.

ARTÍCULO 2º.- Establecer que sólo se mantendrán vigentes aquellos plazos administrativos que, a pedido escrito del interesado, tiendan a evitar un grave perjuicio al particular, siendo facultad de la Administración concederlo o no.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Medrano de la Serna - Posadas




R. S/C N° 100009396
Orden de Publicación: 100078880
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 19/03/2020

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