ACORDADAS



ACORDADA Nº 13.094

CORTE DE JUSTICIA DE SALTA

En la ciudad de Salta, a los 6 días del mes de abril del año dos mil veinte, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia el señor Presidente, la señora Jueza y los señores  Jueces de Corte que firman al pie de la presente,

DIJERON:

Que por Acordada N° 13.082, ante la situación epidemiológica a causa del COVID-19 (coronavirus) declarada como pandemia por la Organización Mundial de Salud (OMS), que diera origen a la emergencia sanitaria tanto a nivel nacional y provincial mediante Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260/2020 (BO N° 34.327 del 12-03-2020) y N° 250/2020 (BO N° 20.704 del 13-03-2020), a lo que se sumó la medida de aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesta mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 (BO N° 34.334 del 20-03-2020), se estableció una feria judicial extraordinaria desde el martes 17 y hasta el martes 31 de marzo de 2020, inclusive, la que fue prorrogada por Acordada N° 13.091 hasta el 12/04/2020, inclusive, según las medidas dispuestas por los Poderes Ejecutivos nacional y provincial.

Que del informe de la Secretaría de Superintendencia que se tiene a la vista se verifica que solo un juzgado ha dictado medidas  sujetas a plazo dentro de los procesos previstos por violencia familiar o de género.

Que  en la emergencia resulta conveniente que, en protección de las víctimas de violencia familiar y de género, esta Corte disponga excepcionalmente la prórroga de aquellas medidas cautelares dispuestas, en virtud de las Leyes Nacionales y Provinciales Nros. 26.485, 7.403, 7.888 y modificatorias, por los jueces y juezas competentes que venzan durante esta feria judicial extraordinaria.

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 153 apartado I inciso b) de la Constitución Provincial,

ACORDARON:

I. PRORROGAR automáticamente las medidas cautelares o de protección dictadas en el marco de las Leyes Nacionales y Provinciales Nros. 26.485, 7.403, 7.888 y modificatorias, en las que excepcionalmente se hayan establecido plazos y que se venzan durante la feria judicial extraordinaria dispuesta por Acordada N° 13.082 prorrogada por Acordada N° 13.091, y lo sea mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por el Poder Ejecutivo Nacional.

II. COMUNICAR a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página web del Poder Judicial de Salta, y PUBLICAR en el Boletín Oficial.

Con lo que terminó el acto,  firmando por ante la Secretaría de Actuación que da fe.



Guillermo Alberto Catalano, PRESIDENTE - Teresa Ovejero Cornejo, JUEZA - Fabián Vittar, Pablo López Viñals, JUECES - Dra. María Jimena Loutayf, SECRETARIA DE CORTE DE ACTUACIÓN


R. S/C N° 100009436
Orden de Publicación: 100078934
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 08/04/2020

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